Foto: Diario Jornada.
Por unanimidad, los magistrados argumentaron entre otros conceptos que si bien los delitos de corrupción merecen una especial atención, existe la presunción de inocencia y los fallos no se dictan por presunciones, rumores o lo que dicta la opinión pública y deben estar basados en pruebas concretas.
En el fallo se destacó que en SEROS las decisiones “se toman forma colegiada” destacando además “los controles internos”.
Agregaron que “no se pudo probar con certeza que los aumentos se hayan dispuesto para sus amigos. Fue una resolución general en el marco de una serie de aumentos, para paliar los efectos inflacionarios luego de un análisis complejo”.
El fallo completo estará disponible en los próximos días en la Oficina Judicial de Rawson.