La Fiscal María Bottini y la Funcionaria Cecilia Bagnato, acusaron por conductas que encuadraron en el delito de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y subsidiariamente, omisión de los deberes del oficio.
El juez, Carlos Ariel Tedesco, hizo lugar al planteo de la defensa y dictó el “sobreseimiento definitivo” de Suárez por los hechos por los que fue acusada.
De acuerdo a la información brindada por el Ministerio Público Fiscal, se «investigó y acusó a Suárez por lo ocurrido el 30 de diciembre de 2021 a las 8:24 horas cuando la Jueza Penal de Comodoro Rivadavia, doctora Mariel Alejandra Suárez, quien se encontraba de turno, fue informada sobre la detención de un ciudadano por el delito de violación de domicilio en concurso ideal con daño simple y amenazas. Bottini expuso que la magistrada, de manera engañosa, habría sostenido que se encontraba enferma, por lo que la audiencia de control de detención no se fijó ese mismo día sino al siguiente a las 11:29 horas».
La acusación sostiene que la doctora Suarez, habría mentido sobre su estado de salud, retrasando la realización de un acto propio de su función como Jueza Penal de turno.
Para la parte acusatoria, doctora «Suarez no tendría en ese momento problema de salud alguno, sino que se encontraba en la ciudad de Trelew, desde el 29 de diciembre, habiendo ingresado tanto el día 29 como el 30 de dicho mes, al Instituto Penitenciario Provincial, entrevistándose con el interno Cristian Bustos, quien fuera condenado en una investigación donde la Jueza participó como Jueza del Tribunal que lo juzgó. En el caso del detenido cuyo control se demoró, la fiscalía no solicitó medida de coerción, por lo que se le otorgó la libertad en la audiencia del 31 de diciembre».
La presentación del Ministerio Público explica que el Juez al analizar la calificación por incumplimiento de los deberes, refirió que el suceso no afecta ninguna ley, “sin desarrollar, ni fundamentar sobre el punto» por lo que «plantea que la resolución del juez no está motivada, ya que no trató acabadamente los planteos realizados por y además aplicó erróneamente la ley».
Para la Fiscalía, que presenta el pedido de impugnación del fallo de sobreseimiento de la Jueza, “es claramente una arbitrariedad que en este caso es delictiva, ya que es un abuso funcional el retrasar el acto, lo que tuvo por efecto que el sr. Ahmed pasara una noche entera privado de su libertad” por la ausencia manifiesta ya que la Jueza, «de manera engañosa habría retrasado un acto propio de su función, que no es organizar la agenda, sino llevar a cabo la audiencia de control de la detención establecida en el código donde es claro que los aprehendidos quedan inmediatamente a disposición del Juez Penal.
Fuente: Prensa Ministerio Público Fiscal