“La propuesta que Neuquén hace a sus acreedores está alineada a sus antecedentes crediticios en el mercado financiero, diseñada en un marco de sostenibilidad de las finanzas públicas, bajo una estructura legal que permite que la propuesta sea asequible y con la convicción de que primará entre las partes un entendimiento constructivo, en el marco de un esfuerzo compartido”, dijo el mandatario.
Precisó que “la propuesta contiene la ampliación de plazos, reducción de cupones y no contempla quita” y dijo que “entre los principales objetivos que se tuvieron en cuenta para esta operación se destacan el alivio de la carga de los servicios de la deuda, principalmente en los próximos 2 años; la extensión de los vencimientos de capital, lograr una distribución de servicios de deuda (perfil) alineada a la sustentabilidad fiscal; y condiciones financieras de pagos que hagan que la deuda sea sostenible en el largo plazo teniendo en cuenta que las autoridades de la Nación Argentina también deberá dar su aprobación”.
Gutiérrez destacó que este año en la provincia se profundizó el control de gastos y de reasignación de recursos para atender la demanda en áreas como salud, sectores vulnerables de la población y sostener la actividad en la provincia en el marco de la pandemia de Covid-19.
El gobernador neuquino recordó que “durante 2020 Neuquén tuvo una fuerte caída en el nivel de actividad y un deterioro en los ingresos fiscales, particularmente afectados por la caída del precio del barril de crudo en el mercado internacional durante el primer semestre, con efectos directos en las regalías cobradas por la provincia a partir mayo”.
La propuesta de reestructuración de deuda será gestionada por el Ministerio de Economía provincial, que -según lo que establece el decreto 779-, podrá “ejecutar las operaciones de refinanciación y/o renegociación y/o modificación de términos y condiciones (mediante ejercicios de solicitud de consentimiento de acreedores) y/o reestructuración y/o canje total o parcial, en el marco de la normativa provincial aplicable”.