miércoles 15 enero 2025

Robó una concesionaria, ofreció una millonaria reparación y Fiscalía se opuso

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Actualizado: 01:53 15/01 | downtack.com

El juez Fabio Monti decidió el pasado viernes no homologar una propuesta de acuerdo reparatorio en la causa por el robo a la concesionaria Ellinor de Trelew.

En la causa está imputado el rionegrino Darío Andrés Ochanga. La petición fue realizada por su defensa y contaba con el acuerdo de la víctima, pero Fiscalía se había opuesto.

ACUSACIÓN

Según relató el Ministerio Público Fiscal (MPF), el hecho ocurrió el 30 de abril pasado, cuando Ochanga, junto a otros tres delincuentes que no pudieron ser identificados, intentó forzar dos cajas fuertes del interior de la concesionaria de autos, propiedad de Gerardo Raúl Bustos.

Esto fue evitado gracias al dueño del comercio quien, alertado por el servicio de monitoreo de la alarma, se hizo presente en el lugar acompañado de su hijo y puso en fuga a los cuatro delincuentes.

Las víctimas intentaron aprehender a los sujetos, pero escaparon. El hijo del propietario salió en persecución de uno de ellos, quien corrió por el patio trasero y , tras un forcejeo con un vecino, logró subirse a un vehículo estacionado sobre calle Condarco. Al vehículo Bustos le arrojó una piedra y le rompió la luneta.

Posteriormente, personal policial de la División Motos, que había sido alertado por el propietario del comercio del robo, inició un rastrillaje por las inmediaciones de la concesionaria. En ese marco detuvieron a Ochonga, quien se escondía en el techo de una vivienda lindera, cuya propietaria dio aviso a la policía.

A partir de ello, el pasado 3 de mayo en audiencia de control de detención, Ochonga quedó detenido con prisión preventiva y dispuesta la apertura de la investigación.

LA DEFENSA PIDE UNA REPARACIÓN

En ese lapso y hasta la audiencia del pasado viernes, la particular del acusado, Gladys Olavarría, indicó que mantuvo contacto directo con la víctima, en más de una oportunidad, y que se le explicó los alcances de las audiencias y el proceso.

Afirmó que la víctima conocía los antecedentes del imputado por haber sido informado por la Fiscalía. De esas conversaciones tuvieron en cuenta distintos planteos, específicamente los gastos de reparación y el daño moral de la víctima. Señaló que Bustos le explicó que tuvo que reforzar el sistema de cámaras debido a la actividad comercial que desarrolla, que eso implicó también un acuerdo con su hijo quien fue el que detuvo a uno de los supuestos autores del hecho. Refirió también que se tuvo en cuenta el daño sufrido por la violenta situación vivida por el grupo familiar.

En función de ello se ofreció una reparación consistente en un pago de $1.500.000 que sería abonado en la audiencia a la víctima tal como había sido acordado telefónicamente. Además de ello y en caso que sea homologado el acuerdo con estas características iba a solicitar la libertad de su cliente y su sobreseimiento.

FISCALÍA SE OPUSO

Por su parte, el MPF, representado por la fiscal general Griselda Encina y la funcionaria Verónica Alabart, entendió que como ha sido planteada una conciliación debería ser escuchado, en primer término, el damnificado. Es así que Gerardo Bustos indicó que junto a su hijo consideraron la conciliación y la aceptaron, señaló que fue lo hablado con la defensa.

Explicó luego que el requisito de conciliación se aplica en casos donde no hay condena anterior ni antecedentes de parte del imputado. En esta oportunidad, Ochonga tiene condenas en Río Negro y Neuquén. Ante ello, sostuvo que corresponde continuar el caso a los efectos de lograr una condena.

Finalmente señaló que teniendo en cuenta el hecho imputado, si bien resulta viable la aplicación de la conciliación, dado los antecedentes del imputado no corresponde aplicar.

Otorgada la última palabra a la defensa, manifestó que la postura del MPF es respetable pero no es lo establecido por la ley sino por una postura de política criminal que tienen por mandato, las cuales no resultan ser vinculantes para las partes y tampoco para el magistrado.

RÉPLICA DE LA DEFENSA

La abogada Olavarría resaltó que los protagonistas del hecho, Bustos (víctima) y Ochonga (imputado), tienen voluntad de conciliar. La única que se opone es Fiscalía, indicó.

Aclaró asimismo que los antecedentes condenatorios de su defendido se encuentran extintos, entonces sería la primera vez que su asistido tendría la posibilidad de una salida alternativa.

Sostuvo además que no hay argumento fuerte por parte del MPF para oponerse al acuerdo de carácter conciliatorio, el que está intentando expropiarse el conflicto sin escuchar a quien primeramente deben ser escuchados, señalando que se debe ponderar la tutela judicial efectiva de la víctima.

Por último, manifestó que el origen del dinero es totalmente legal, proveniente de la empresa de áridos que posee el padre de su cliente. Esto fue aclarado a partir de la consulta de la Fiscalía habida cuenta que el dinero fue exhibido allí en poder de la defensa en una caja y a disposición en ese momento y que ello generaba dudas respecto del origen de los fondos y también de la seguridad personal de quienes lo porten en ese momento.

DECISIÓN DEL JUEZ

Tras escuchar a las partes, el magistrado entendió que los fundamentos invocados por el MPF son razonables, más allá del interés de las partes de llegar a una conciliación y de los requisitos legales exigidos a tal fin.

Ante ello, el juez se inclinó por tener en cuenta las características del hecho entendiendo además que las partes no son solamente la víctima y el imputado sino también la Fiscalía. En ese sentido graficó que «rompo, pago sin consecuencias jurídicas», explicando que se trata de un presunto delito de acción pública.

Además de ello, adelantó que en caso que se llegue a juicio y eventualmente se condene al imputado se trataría de una ejecución no condicional. El presunto delito no es un hecho mínimo, por ejemplo, el de daño, como para obviar los antecedentes condenatorios.

En función de todo lo expuesto, el juez Monti consideró que no están dadas la condiciones para homologar el acuerdo conciliatorio arribado por la víctima y el imputado sin el consentimiento del MPF.

Fuente: JusNoticias Chubut.

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