El juez penal José Luis Ennis aceptó su apartamiento del juicio por el homicidio de Alejandro «Tino» John. La recusación fue presentada por los abogados defensores de los policías Luis Américo Moggiano, Omar Eduardo Martínez y Cristian Alejandro Soto, imputados en la causa.
El magistrado rechazó la mayoría de los argumentos presentados por la defensa. Por un lado, desestimó la idea de que sus decisiones previas, que la defensa consideró desfavorables, fueran un motivo válido para su apartamiento. También rechazó la recusación basada en un incidente personal que tuvo con la policía, aludiendo a la extemporaneidad del planteo y a la falta de fundamentos que demuestren un prejuicio de su parte.
Sin embargo, el juez Ennis reconoció que la decisión del Superior Tribunal de Justicia de cambiar la jurisdicción del juicio, debido a la «trascendencia» del caso y la posibilidad de que afectara el «equilibrio de ánimo» del jurado y del juez, dio un fundamento objetivo al temor de parcialidad expresado por la defensa. A pesar de que el juez afirmó no tener un desequilibrio de ánimo, aceptó la recusación para garantizar la imparcialidad objetiva del proceso.


