El juez penal de Comodoro Rivadavia, Miguel Caviglia, condenó este martes a Luis Vidal, de 34 años, a la pena de 3 años y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo, por ser hallado culpable del delito de «lesiones doblemente agravadas por el vínculo, cometidas en contexto de violencia de género y amenazas que tuvieron como víctima a su expareja».
La denuncia fue presentada por Lorena Paredes, de 31 años, en octubre del 2018, tras ser llevada al hospital de la localidad petrolera con lesiones en todo el cuerpo que la pusieron al borde de la muerte, según ella misma relató.
A la hora de declarar, la víctima expuso que Vidal «salió con un fierro, me comenzó a golpear, a torturar dentro del local donde trabajaba (un taller), me pegó con el caño por todos lados; los ojos, los oídos, la cabeza, me azotó con cables, me roció con kerosene y me amenazó con una maza con que me iba a matar».
Pardes también indicó que la escena se produjo en medio de desgarradores gritos de dolor por lo que se dio aviso a la Policía del Chubut, que llegó en el momento justo «en que él me iba a dar el mazazo».
Para describir la conducta del agresor, la joven explicó que «le pegó a su propia madre que estaba ahí cuando trataba de contenerlo y a mí me dejó a la miseria, a punto tal que cuando llegó la policial yo gateaba, no podía con las piernas, salí, sin ver y me metieron dentro del móvil y zafé».
El «caso Vidal» se hizo conocido a través de las redes sociales porque «mis amigos y mi mamá sacaron fotos de cómo me encontraba, y publicaron cómo estaba. Me contactó la fiscal para decirme que iba a encargar el caso e iba a ir a juicio aunque ya había varias denuncias que no fueron debidamente atendidas, si n , no hubiéramos llegado a esto», dijo la víctima.
Al terminar el debate la semana pasada, la fiscal María Laura Blanco solicitó la pena de 3 años y seis meses de prisión para Vidal, en tanto la defensa, un año de prisión en suspenso y dos años de reglas de conducta, tratamiento psicológico y prohibición de acercamiento con tobillera electrónica.
Se tuvo en cuenta a la hora de condenar a Vidal la intensidad y los medios empleados para ejecutar la agresión, definiendo al hecho como «de violencia extrema» aunque en un principio había sido catalogado en el marco de «lesiones leves», además de la violencia psicológica ejercida como la amenaza con quemarla sabiendo del miedo de la víctima al fuego.
Se suma la condición para el «doble agravante del delito» la relación de pareja y el contexto de violencia de género.
Los defensores públicos que asistieron al acusado expresaron que es distinta la escala penal que maneja la defensa, de seis meses a dos años de prisión, en virtud del concurso de los delitos.


