La Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn ratificó de manera definitiva una sentencia contra Facebook Argentina S.R.L., al responsabilizar a la filial local por el daño causado a una abogada y a sus hijos menores de edad, en un caso que se extendió durante ocho años.
El fallo, firmado por los camaristas Julián Jalil, Guillermo Hansen y Heraldo Fiordelisi, establece un precedente en materia de responsabilidad de plataformas digitales transnacionales por contenidos publicados en redes sociales.
El caso se originó en 2018, cuando la víctima detectó la creación de perfiles falsos que suplantaban la identidad de sus hijos y difundían acusaciones graves, incluyendo la falsa denuncia de un secuestro. Estas publicaciones incluyeron además la difusión de imágenes de los menores y datos sensibles como su domicilio y su establecimiento educativo.
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Pese a una orden judicial emitida en 2018 para dar de baja las cuentas, la empresa no cumplió de inmediato, y los contenidos permanecieron activos durante casi dos años.
Durante el proceso, Facebook Argentina sostuvo que no tenía control operativo sobre la plataforma, atribuyendo la gestión técnica a empresas radicadas en el exterior. Sin embargo, la Justicia rechazó estos argumentos y determinó que la filial local constituye un actor esencial en el funcionamiento económico de la red social en el país, por lo que es responsable ante los usuarios.
Los jueces calificaron la conducta de la empresa como una “grave indiferencia” frente a una orden judicial, lo que prolongó el daño a la familia afectada. Pericias psicológicas acreditaron consecuencias emocionales significativas en la víctima, incluyendo estrés, angustia e inseguridad.
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En el caso de los menores, el tribunal consideró vulnerados sus derechos a la identidad, imagen e intimidad, al quedar expuestos a la circulación masiva de acusaciones falsas en redes sociales.
Además de la indemnización, la sentencia ordena la publicación del fallo en medios de amplia circulación de Puerto Madryn, Mar del Plata y Formosa, con el objetivo de reparar públicamente el daño causado.
Con la denegación de los últimos recursos de casación en abril de 2026, la resolución quedó firme y la empresa deberá cumplir con la totalidad de lo dispuesto por la Justicia.


