El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta impuso una pena de cuatro años de prisión un mujer de Bolivia quien fue detenida con casi dos kilos de cocaína. La defensa solicitó su deportación anticipada debido a la situación de sus hijos, pero el tribunal rechazó la solicitud.
El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta dictó una sentencia de cuatro años de prisión efectiva contra una ciudadana boliviana detenida en abril de este año con casi dos kilos de cocaína. La mujer, que viajaba en un colectivo desde Orán a Tucumán, fue arrestada con la droga oculta en su cartera y adosada a su cuerpo. Aunque Padilla Barrientos reconoció su culpabilidad, su defensa había solicitado su expulsión anticipada del país debido a su situación familiar, una solicitud que el tribunal desestimó.
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En la sentencia emitida el 19 de agosto, el juez Marcelo Juárez Almaraz consideró a Padilla Barrientos culpable del delito de transporte de estupefacientes. La fiscal subrogante, Paula Gallo, argumentó a favor de la pena de cuatro años, subrayando la alta pureza de la droga, que se estima entre el 85 y 89%, y su capacidad de producción de aproximadamente 17.478 dosis. La fiscal también destacó la frecuencia delictiva de la acusada, quien había realizado viajes previos con fines similares.
A pesar de la solicitud de la defensa para que la condenada fuera deportada anticipadamente, el tribunal decidió no acceder a esta petición. La fiscal Gallo explicó que la deportación anticipada no cumplía con los requisitos de la Ley N°25871 de Migraciones y que la situación de los hijos de Padilla Barrientos no justificaba apartarse de la norma. Además, el tribunal argumentó que la pena efectiva y la gravedad del hecho impedían la aplicación de este beneficio.
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Padilla Barrientos había sido detenida el 4 de abril durante un control de Gendarmería Nacional en la ruta provincial N°30, en Joaquín V. González. La droga encontrada en su posesión evidenció un riesgo significativo para la salud pública. A pesar de que el Tribunal Oral Federal 2 salteño ha sido más proclive a otorgar expulsiones anticipadas, el caso de Padilla Barrientos no reunió las condiciones para este beneficio.
El juez también destacó las diferencias con otros casos en los que se había concedido la expulsión anticipada, como el de «Yauripari Arroyo». En el caso actual, el tribunal consideró que la situación de la acusada y sus hijos no cumplía con los criterios de vulnerabilidad necesarios para justificar la medida. La condena impuesta a Padilla Barrientos debe cumplirse en su totalidad antes de considerar cualquier posibilidad de deportación.
Fuente: Ficales.gob.ar
Foto: FM Capital Salta