La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) hizo público este lunes una serie de requisitos indispensables para calificar y recibir el Refuerzo para Trabajadores Informales, un programa que consta de dos pagos de $ 47.000 cada uno, a ser otorgados en los meses de octubre y noviembre de 2023.
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Los requisitos detallados se encuentran especificados en el anexo de la resolución 202/2023, la cual ha sido publicada en el Boletín Oficial. Uno de los principales requisitos establece que los jóvenes entre 18 y 24 años no podrán acceder al beneficio si el ingreso mensual de su grupo familiar supera los 3 salarios mínimos, vitales y móviles, que en octubre equivalen a un total de $ 396.000.
Además, se considerará la situación patrimonial de los padres, según lo informado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Comisión Nacional de Valores (CNV). Esto incluye la tenencia de plazos fijos, operaciones como compradores o vendedores de bonos y acciones, compra de moneda extranjera, embarcaciones y la declaración de bienes personales como automotores, inmuebles y aeronaves, como se detalló en el anexo.
Una de las condiciones adicionales establece que aquellas personas que tengan cobertura de salud a través de medicina prepaga no podrán acceder al Refuerzo para Trabajadores Informales.
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En el sexto punto del anexo se detallan las situaciones en las que no se considerará a las personas como destinatarios del refuerzo. Esto incluye la realización de gastos y consumos con tarjetas de crédito por un importe igual o superior a $ 120.000 entre junio y julio, o con tarjetas de débito o billeteras virtuales por $ 90.000 o más en el mismo período.
Asimismo, no podrán acceder al beneficio aquellos que hayan efectuado declaraciones patrimoniales en el Impuesto sobre los Bienes Personales o tengan la tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, además de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, o la tenencia de embarcaciones.
Otros criterios excluyentes comprenden a los titulares de automotores con menos de 10 años de antigüedad, aeronaves o embarcaciones; aquellos que hayan tenido plazos fijos en junio y julio o bonos y acciones entre febrero y julio de este año.
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La normativa también excluye del refuerzo a aquellos que hayan actuado como compradores o vendedores de bonos y acciones en los últimos 6 meses, hayan realizado compra de moneda extranjera a través de cualquier canal desde febrero de este año y posean ingresos o acreditaciones bancarias y en billeteras virtuales iguales o superiores a $ 90.000 en junio o julio de 2023.
Por último, se establece una excepción para aquellos que sean titulares de bienes inmuebles, siempre que estén registrados en el Registro Nacional de Barrios Populares (Renabap).
El Refuerzo para Trabajadores Informales se aprobó mediante el decreto 493 del 30 de septiembre para compensar la pérdida del poder adquisitivo de personas sin ingresos formales o en situación de vulnerabilidad socioeconómica, especialmente afectadas por la aceleración del nivel general de precios, según se indicó en su primer artículo.
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Para ser acreedor del beneficio, es necesario cumplir con los siguientes requisitos: tener entre 18 y 65 años, ser de nacionalidad argentina o extranjero con residencia de al menos 2 años, no percibir ingresos formales de ningún tipo ni trabajar en el sector público nacional, provincial o municipal.
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