El Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio informó este miércoles cuales son las actividades comerciales que se encuentran autorizadas para operar durante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO).
Se remarcó que todas deben implementar el protocolo sanitario y de seguridad establecido con el fin de evitar la propagación del Coronavirus.
Se trata de las actividades habilitadas en la provincia a partir del DNU 305 y que se suman a las ya autorizadas por el Gobierno nacional, a través de los respectivos decretos.
En el caso del decreto provincial, se informó que están habilitadas:
- Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción o maquinarias, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal.
- Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
- Restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario. En ningún caso podrán brindar servicios con atención al público en forma personal.
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal.
- Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
- Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
- La venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
- Ópticas, con sistema de turno previo.
- Producción para la exportación y procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo de Nación.
- Las actividades del Parque Industrial que están exceptuadas son aquellas vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
- En el caso de las peinadurías del Parque Industrial de Trelew, estuvieron exceptuadas del ASPO pero para volver a operar deben cumplir con el protocolo de sanidad, al igual que las demás actividades.

Finalmente, se remarcó que si hay alguna actividad que no está exceptuada, será el Municipio quien deberá solicitar la excepción de la actividad al Gobierno provincial.
Éste solicitará a Nación la autorización y en caso que ésta la incluya en las excepciones, la actividad en cuestionó deberá adoptar el protocolo de sanidad y seguridad, aprobado por el Ministerio de Salud y de Seguridad.
En este sentido, se remarcó que tanto el Municipio como el Ejecutivo provincial deberá velar por el cumplimiento del protocolo de sanidad y seguridad.


