La audiencia se llevó a cabo para analizar la situación procesal del imputado a la luz de las conclusiones a las que arribó la junta médica. Richeri solo oralizó algunos aspectos generales, por el deber de confidencialidad, en tanto que el informe completo fue remitido por la Oficina Judicial al juez José Oscar Colabelli. En base al informe, el fiscal concluyó que no es posible acusar de responsabilidad penal por estos hechos al imputado y pidió el sobreseimiento. Con la misma base, refirió que tomó contacto con los profesionales de Salud Mental del Hospital para que tomen conocimiento, reciban al imputado y establezcan el tratamiento adecuado a la patología determinada por el informe.
El pedido fiscal se completó requiriendo que se de intervención al Juzgado de Familia de turno, se le haga llegar el informe y que ese órgano, por ser el competente, resuelva sobre la capacidad, así como a la Asesoría para que intervenga, de acuerdo a su competencia, con el fin de adoptar las medidas necesarias para dar respuesta a la situación del imputado y consecuentemente a quienes se pudieran ver afectados por sus conductas.
La Defensa acompañó los planteos del fiscal. El juez José Colabelli analizará el informe médico y resolverá los planteos el 24 de agosto. Mientras tanto, el magistrado dispuso una prohibición de acercamiento y contacto por cualquier medio entre el imputado y las víctimas.


