La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la exención del Impuesto a las Ganancias del Sueldo Anual Complementario (SAC) de quienes estén alcanzados por el nuevo mínimo no imponible, a través de la Resolución General 5358/2023 publicada este lunes en el Boletín Oficial.
La medida reglamentó lo dispuesto en el Decreto 267 del 10 de mayo pasado, a fin de complementar resoluciones generales previas y considerar tanto la aplicación de la exención como la Deducción Especial Incrementada (DEI).
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En el primer anexo de la norma se establecen las escalas de las DEI incrementada que se deberá aplicar para quienes cobren en bruto una suma superior al nuevo mínimo no imponible de $ 506.230 pero resulte inferior o igual a $ 583.851.
Asimismo, se reglamenta la exención de las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, como de horas extras, realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados.
La norma comenzó a estar en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, pero con efectos que serán para todo el período fiscal 2023 en el caso de la exención del SAC y para los salarios devengados a partir del 1° de mayo para las DEI y las exenciones de guardias obligatorias y horas extras del personal de salud
La Resolución precisó que a fin de determinar la procedencia de la exención del SAC correspondiente al período fiscal 2023, deberá tenerse en cuenta que el monto de la remuneración o haber bruto mensual no supere $ 506.230.
Fuente: Télam / Boletín Oficial