La medida se dispone para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan, precisa el Decreto Supremo 142-2023-PCM, publicado hoy en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.
Se otorga un plazo de 60 días calendario más para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.
De acuerdo al informe situacional del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), en base a los informes emitidos por entidades como el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (Senamhi), Comité Multisectorial Encargado del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (Enfen) y el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (Cenepred), se ha identificado población, superficie agrícola, superficie de pastos y población pecuaria, entre otros, expuestos a muy alta probabilidad de presencia del déficit hídrico.
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El dispositivo legal indica que la implementación de las acciones previstas en el decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.
El dispositivo lleva la firma de la presidenta Dina Boluarte y es refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola.
Además, por los ministros de Salud, César Vásquez; de Educación, Miriam Ponce; de Vivienda, Hania Pérez de Cuéllar; de Desarrollo Agrario y Riego, Jennifer Contreras; de Desarrollo e Inclusión Social, Julio Demartini; del Interior, Víctor Torres; y de Defensa, Jorge Chávez.
FUENTE: NODAL


