domingo 13 septiembre 2026

Embrujo: En fallo unánime, Correa fue condenado como jefe de una asociación ilícita

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Actualizado: 10:40 13/09 | downtack.com

El doctor Alejandro Soñis, presidente del tribunal de enjuiciamiento que también integraron los jueces Marcela Pérez y Ricardo Rolón, comenzó la lectura de la sentencia, no sin antes aclarar que se había llegado al fallo por unanimidad.

También observó la ausencia del imputado Domingo Correa, por lo que reprendió a su patrocinante, el doctor Fabián Gabalachis, que justificó que había viajado a Buenos Aires.

Gabalachis, como el resto de los abogados defensores, participó de la audiencia desde Trelew mediante el método de vídeo conferencia, porque no habían podido acceder a Rawson por los cortes de ruta.

«Ya en los considerandos del fallo y respecto de la figura de asociación ilícita, Soñis aseveró que Diego Miguel Correa, Diego Luthers, Daniela María Souza, Sandro Javier Figueroa y Juan Carlos Ramón conformaron una organización con fines delictivos, con diferentes roles».

«Las sumas de dinero de origen espúreo se invertían bajo la modalidad jurídica de lavado de activos, así el delito de defraudación se encontraba entrelazado con el de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública».

«Con profusa prueba de cargo se probó la converegencia de voluntades de cada uno de los miembros para el emprendimiento delictivo, ideado y planificado por su jefe Diego Miguel Correa, aunque ejecutado obediente y subordinadamente por el resto de sus miembros. Para este complejo entramado se valieron de tres empresas. Dos de ellas (Dual Core y Cepat) ya habían sido adquiridas por su jefe Diego Correa, ocultando la identidad de su titular, y la tercera fue creada cuando la organización se encontraba en pleno desarrollo criminal».

«En ese punto hemos diferido con los acusadores en cuanto al momento del inicio del emprendimiento criminal, siendo que para el tribunal el mismo debe remontarse y computarse a partir de diciembre de 2015, momento que Diego Correa fue designado como subsecretario de la Unidad Gobernador del ejecutivo provincial. Si bien la ideación del plan criminal podría haberse gestado con anterioridad, conforme sostuvieron los acusadores, lo cierto es que entre el 2013 y diciembre de 2015 los hechos descriptos no pueden, a entender de este tribunal, enmarcarse dentro de las figuras propuestas. Si bien las acciones de los acusados en ese lapso podrían constituir otras violaciones a normativas legales vigentes, las mismas no resultan de competencia de este tribunal y objeto de este proceso, conforme lo sostuviera el doctor Gabalachis en algún párrafo de sus conclusiones».

Sin embargo, el fallo ratificó que «Diego Correa ideó, planificó y llevó adelante junto a los miembros ya nombrados acciones delictivas complejas con la que la totalidad de los miembros convergieron en sus voluntades e intenciones para satisfacer sus deseos de lucro».

Más adelante la sentencia resaltó que «Correa convocó a personas de su estrecha confianza para que le sean útiles en sus planes. Así convocó a Diego Luthers, una pieza clave en el plan criminal, fue el brazo ejecutor de las ordenes del jefe de la banda».

«Daniela Souza, amiga íntima de Natalia Mc Leod -pareja de Correa- fue el enlace entre los demás miembros de la asociación y otras personas que se encontraban fuera de ésta. Tuvo además un rol preponderante en el manejo administrativo de las empresas».

«Carlos Ramón fue otra pieza clave y en su condición de maestro de obras, llevaron adelante las defraudaciones. No se limitó a ser un mero empleado, por el contrario, tenía conocimiento de las verdaderas intenciones de la organización».

Sandro Figueroa, tío de Natalia Mc Leod, actuó en representación y bajo las ordenes directas de Correa en el emprendimiento de Meseta Consulting y ocupó una oficina en Casa de Gobierno sin tener un cargo público.

«Quedó claro que todos los miembros de la organización se nutrieron y se beneficiaron de ésta. Ello surgió con meridiana claridad en la prueba informática producida durante el juicio, a través del entrecruzamiento de las escuchas telefónicas y mensajes de WhatsApp entre los integrantes de la banda».

«La banda criminal adquirió bienes con dinero de origen espúreo como un Palio Weekend, una VW Amarok y a través de Diego Luthers tres terrenos, uno sobre la calle Alberti y Sarmiento de Rawson, una chacra y un terreno céntrico sobre la calle Mitre de Trelew. Además adquirió, en cabeza de Diego Correa, la empresa Cepat».

«Dual Core y Cepat sirvieron a la organización para que ésta tuviera contrataciones a través de la Unidad Gobernador, a cargo de Diego Correa, lo que estaba vedado por el cargo que desempeñaba».

«En el planl criminal, la organización se contactó con el contador Federico Gatica para integrar una tercera empresa, a la postre Meseta Consulting, y esta tuvo como finalidad una construcción de oficinas comerciales (que después mutaron a consultorios médicos)«.

«Todos los integrantes de la asociación ilícita tenían conocimiento de los demás miembros, de sus roles y las actividades que desempeñaba cada uno», sostuvo el fallo.

LAS CONDENAS

DIEGO CORREA

Autor de los delitos de asociación ilícita en carácter de jefe, enriquecimiento ilícito, defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en concurso real por negociaciones incompatibles y auto lavado de activos.

DIEGO LUTHERS

Miembro de una asociación ilícita, enriquecimiento ilícito en carácter de participe y defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en carácter de participante  necesario, todos en concurso real entre sí.

DANIELA SOUZA

Miembro de una asociación ilícita, enriquecimiento ilícito en carácter de participe y defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en carácter de participe necesaria, todos en concurso real entre sí.

NATALIA MC LEOD

Enriquecimiento ilícito en carácter de participe necesaria. Absuelta del delito de miembro de una asociación ilícita.

SANDRO FIGUEROA

Miembro de una asociación ilícita. Absuelto del delito de enriquecimiento ilícito y lavado de activos en calidad de participe necesario por no haberse sostenido la imputación de los acusadores públicos ni privados.

JUAN CARLOS RAMÓN

Miembro de asociación ilícita y defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en carácter de partícipe necesario, todo en concurso real entre sí.

RUBÉN DARÍO REINOSO

Defraudación por administración de fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en carácter de autor, todos en concurso real entre sí.

CRISTIAN GISANDE

Defraudación por administración fraudulenta en perjuicio la administración pública, en carácter de autor, todos en concurso real entre sí. Absuelto del delito de usurpación de autoridad.

JORGE ANÍBAL GODOY

Enriquecimiento ilícito en carácter de partícipe necesario.

FEDERICO GATICA

Lavado de activos en calidad de autor.

DARÍO DOMINGO CORREA Y GIULIANA MC LEOD

Absueltos de todos los delitos.

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