Este caso ha conmocionado a la opinión pública y plantea preguntas sobre la actuación de las autoridades judiciales involucradas en el proceso de custodia del menor.
Las funcionarias en cuestión son la jueza de Familia, Niños, Niñas y Adolescentes de General Pico, Ana Clara Pérez Ballester, y la asesora de ese juzgado, Elisa Alejandra Catán. El jurado, compuesto por destacadas personalidades del ámbito judicial y legislativo, tomó la decisión de iniciar un juicio de enjuiciamiento por unanimidad.
Este dramático episodio ha generado un debate sobre si la decisión de Pérez Ballester de otorgar la custodia de Lucio a su madre, Magdalena Esposito Valenti, fue adecuada o si hubo negligencia en la evaluación de los riesgos potenciales. En ese momento, el niño estaba bajo el cuidado de una tía paterna, quien demostró que era apropiado que Lucio regresara a vivir con su madre y su pareja, Abigail Páez.
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La defensa de la jueza argumenta que en ese momento no existían antecedentes de violencia por parte de Esposito Valenti hacia su hijo, y el padre del niño, Cristian Dupuy, no había solicitado la custodia. Sin embargo, el trágico desenlace ha planteado dudas sobre si se tomaron en cuenta todos los factores relevantes en la toma de esta decisión crucial para la vida de Lucio.
La ley establece claramente que una de las causales para un juicio de enjuiciamiento es el «mal desempeño de las funciones», y en este caso, se busca determinar si las autoridades judiciales cumplieron adecuadamente con su deber de proteger el bienestar del niño.
El proceso de juicio de enjuiciamiento dependerá ahora del procurador general Mario Oscar Bongianino, quien deberá decidir si presenta acusación contra Pérez Ballester y Catán para la realización del juicio. Si se avanza en el proceso, se seguirán las etapas legales establecidas, incluyendo la presentación de pruebas y audiencias públicas.


