La FIFA introduce ajustes al artículo 17 del reglamento de transferencias, afectando las rescisiones unilaterales de contrato y estableciendo nuevas reglas para las indemnizaciones, sanciones deportivas y la responsabilidad de los clubes.
La FIFA ha lanzado una norma provisional que adapta el artículo 17 del Reglamento de Transferencias de Jugadores, afectado por el caso de Lass Diarra. Esta adaptación se implementará durante el próximo mercado de invierno, ante la necesidad de regular las rescisiones unilaterales de contrato y las indemnizaciones correspondientes. La medida surge tras una consulta con los principales actores del fútbol, con el fin de proporcionar estabilidad y claridad para los próximos períodos de inscripción de jugadores.
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Entre las disposiciones clave de la nueva norma, se establece que cualquier rescisión de contrato sin causa justificada deberá ser indemnizada. La indemnización se calculará según el perjuicio sufrido, y tomará en cuenta el «interés positivo» de la parte afectada, considerando los hechos particulares y la legislación del país correspondiente. Si el jugador no firma un nuevo contrato tras la rescisión, el valor de la indemnización será equivalente al valor residual del contrato original.
Además, si el jugador firma un nuevo contrato antes de la rescisión, el valor del nuevo contrato se deducirá de la indemnización a pagar. En caso de que la rescisión se deba a deudas vencidas, se añadirá una indemnización adicional correspondiente a tres salarios mensuales, que podrá incrementarse a seis salarios mensuales en circunstancias graves.
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La norma también contempla sanciones deportivas para jugadores y clubes involucrados en rescisiones durante el periodo protegido. Los jugadores podrán enfrentar una restricción de elegibilidad de entre cuatro y seis meses para jugar partidos oficiales, mientras que los clubes podrán ser sancionados con la prohibición de inscribir nuevos jugadores durante dos periodos consecutivos de inscripción.
Fuente: MARCA
Foto: Infobae


