El INV determinó los valores mínimos que deberán cumplir los vinos de Mendoza y San Juan a partir de junio
El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) estableció los nuevos grados alcohólicos mínimos que deberán tener los vinos elaborados en 2025 y los remanentes de años anteriores que se liberen al consumo desde el 1° de junio.
La medida, oficializada mediante la resolución RESOL-2025-14-APN-INV#MEC, funcionará como parámetro técnico para la fiscalización en el mercado interno. Afecta exclusivamente a las provincias productoras de Mendoza y San Juan.
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Los valores establecidos varían según el tipo de vino y la región. En Mendoza, los vinos blancos deberán tener al menos 12,5% de alcohol, los tintos 12,6% y los rosados 12,7%. En San Juan, los blancos y rosados deberán alcanzar 12,7% y los tintos 12,6%.
“El grado alcohólico real es una norma técnica que se utiliza como parámetro para ordenar y coadyuvar las tareas de fiscalización”, informó el INV en la resolución. El dato se definió tras el análisis de la uva ingresada a las bodegas durante la vendimia, que ya fue considerada finalizada.
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Los vinos varietales quedan exceptuados del cumplimiento de estos valores, siempre que las bodegas presenten los antecedentes de elaboración, conforme a la resolución RESOL-2024-57-APN-INV#MEC. Esta salvedad responde a las particularidades de este tipo de productos.
Además, se autorizó a las bodegas a tramitar anticipadamente los Análisis de Libre Circulación para fraccionar y preparar sus vinos antes del 1° de junio. Esta medida busca facilitar la logística del sector y acelerar el proceso de salida al mercado.
Los análisis de vinos anteriores a 2025, salvo los varietales, vencerán a los 30 días de la entrada en vigencia de la nueva normativa, si no cumplen con los nuevos mínimos establecidos.
Con información de Diario de Cuyo.
Foto ilustrativa.


