jueves 11 junio 2026

Igón y Biondo irán a juicio por recibir vacunas Covid-19 de manera indebida

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Actualizado: 06:50 11/06 | downtack.com
Foto de archivo.
Se trata del exdiputado nacional por Chubut y exjefe del Programa Sanitario de Esquel, quienes serán juzgados por vacunarse cuando la campaña estaba destinada exclusivamente al personal de salud.

El exdiputado nacional por Chubut, Santiago Nicolás Igón, será juzgado en un juicio oral y público por el delito de aceptación de dádiva, en una causa que se remonta a 2021. La investigación se inició luego de que recibiera dos dosis de la vacuna Sputnik V en el Hospital Zonal de Esquel cuando la campaña estaba destinada exclusivamente al personal de salud.

Según la investigación federal, la vacunación constituyó un beneficio indebido vinculado a su cargo político, más allá de que Igón contaba con factores de riesgo. El caso se enmarca en las polémicas por el acceso privilegiado a vacunas durante la pandemia.

En septiembre de 2025, el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia había autorizado que el exlegislador evitara el juicio mediante el pago de 3 millones de pesos al hospital. Sin embargo, el fiscal Teodoro Nürnberg se opuso al planteo al considerar que esa vía no corresponde para funcionarios públicos y que el hecho implicaba “gravedad institucional”.

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La Cámara Federal de Casación Penal (Sala III) respaldó la postura del Ministerio Público Fiscal, anuló la resolución del TOF y ordenó que el proceso continúe. También deberá enfrentar juicio Carlos Emiliano Biondo, exjefe del Programa Sanitario de Esquel, quien había acordado pagar un millón de pesos por haber autorizado la vacunación.

Previamente, los jueces del TOF habían sostenido que el eventual perjuicio a la administración pública era reparable económicamente y que el juicio implicaría un gasto evitable. Incluso señalaron que, en caso de condena, la pena sería condicional y que la reparación económica resultaba una alternativa eficaz.

No obstante, los camaristas Carlos Mahiques, Juan Carlos Gemignani y Diego Barroetaveña remarcaron que la reparación integral no puede extinguir la acción penal cuando se trata de funcionarios públicos. Con esta decisión, el caso Igón se consolida como un antecedente clave sobre la responsabilidad política durante la pandemia y la exigencia de transparencia judicial.

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