La Corte Suprema de Justicia aclaró este jueves que su reciente resolución sobre la Ley de Tierras no implicó un pronunciamiento sobre la validez constitucional del régimen que limita la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. El máximo tribunal explicó que su decisión se concentró exclusivamente en una cuestión procesal.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti señalaron que el fallo se refirió a la legitimación de una asociación para solicitar una medida cautelar. También remarcaron que la resolución no afecta otras cautelares con el mismo objeto que continúan en trámite ante distintos tribunales.
La Corte sostuvo además que cualquier persona que considere inconstitucional el régimen puede solicitar una medida cautelar ante un juez competente. Según el comunicado, la cuestión de fondo vinculada con el artículo 154 del DNU 70/2023 y la Ley 26.737 todavía no fue resuelta por el máximo tribunal.
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El artículo 154 del DNU 70/2023 dispuso la derogación de la Ley 26.737, que establecía el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales. La resolución reciente de la Corte dejó sin efecto una decisión judicial que había limitado la aplicación de esa derogación, pero el tribunal aclaró que eso no supone haber definido la constitucionalidad de la norma.
El máximo tribunal también señaló que el Congreso continúa teniendo facultades para tratar el artículo del DNU. El Senado había rechazado el decreto en marzo de 2024 y actualmente la Cámara de Diputados analiza el tema, mientras sectores de la oposición buscan impulsar una sesión especial para discutir su derogación.
En su comunicado, la Corte cuestionó además las descalificaciones y los discursos de odio que surgieron en redes sociales después del fallo. Los ministros reivindicaron el rol histórico del tribunal en cuestiones vinculadas con la protección de los recursos naturales, el ambiente y los bienes colectivos, y señalaron que se pronunciarán sobre el régimen de tierras cuando lleguen a su consideración los reclamos sobre la cuestión de fondo.
Fuente: TN.-


