miércoles 15 julio 2026

La Justicia ordenó al Gobierno actualizar salarios docentes y becas universitarias

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Actualizado: 19:35 15/07 | downtack.com

Un juez federal hizo lugar a una cautelar y declaró inaplicable el decreto de Milei que había suspendido la ley de financiamiento educativo, al considerar que presenta rasgos de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta.

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El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11 ordenó al Poder Ejecutivo Nacional cumplir de manera inmediata con la actualización de las partidas destinadas al pago de salarios docentes y becas estudiantiles previstas en la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente. La decisión fue adoptada por el juez Martín Cormick, quien hizo lugar a una medida cautelar y declaró inaplicable el decreto 759/2025, dictado por el presidente Javier Milei, que había suspendido la ejecución de la norma sancionada por el Congreso.

El fallo se dictó en el marco de una acción de amparo colectivo promovida por el Consejo Interuniversitario Nacional y otras entidades del sistema universitario contra el Estado Nacional. En la demanda se cuestionó la validez constitucional del decreto presidencial, que condicionó la aplicación de la ley 27.795 pese a que había sido ratificada por ambas cámaras del Congreso tras el veto presidencial. Entre los patrocinantes de la acción figura el abogado constitucionalista Pablo Manili.

Al analizar el caso, el magistrado recordó que la procedencia de un amparo requiere circunstancias excepcionales, como la existencia de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta y la acreditación de un daño grave que solo pueda repararse mediante una vía urgente. En ese sentido, sostuvo que la cautelar solicitada tenía carácter innovativo, ya que implicaba ordenar el cumplimiento inmediato de disposiciones legales vigentes, lo que constituye una decisión excepcional por anticipar los efectos de una eventual sentencia definitiva.

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Cormick consideró acreditada la inobservancia clara de un deber jurídico concreto por parte del Estado Nacional. Para ello, evaluó el proceso legislativo que culminó con la sanción de la ley 27.795, su veto por parte del Ejecutivo, la insistencia del Congreso y la posterior promulgación del decreto 759/2025, cuya constitucionalidad fue puesta en duda. Según el juez, la Constitución Nacional no prevé una variante suspensiva para la aplicación de una ley insistida por el Parlamento.

En cuanto al peligro en la demora, el fallo destacó que el deterioro del poder adquisitivo de docentes y becarios continúa afectando derechos laborales protegidos por la Constitución y por tratados internacionales de derechos humanos. Además, señaló que la pérdida salarial no solo perjudica al colectivo universitario, sino que también impacta en el derecho a enseñar y aprender.

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Respecto del interés público, el magistrado afirmó que el ahorro presupuestario derivado de la no aplicación de la ley sería poco significativo y citó estimaciones de la Oficina de Presupuesto del Congreso, que calculan un impacto fiscal del 0,23% del PBI. En ese contexto, concluyó que el decreto presidencial aparece, al menos en esta etapa inicial del proceso, en tensión con el principio de división de poderes.

La medida cautelar tendrá vigencia hasta que se dicte sentencia definitiva, fue concedida bajo caución juratoria y obliga al Estado Nacional a restablecer de forma inmediata la actualización de salarios docentes y becas estudiantiles previstas en la ley.

Fuente: Infobae

Foto: Archivo

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