La acusada fue declarada culpable de lesiones leves agravadas por el vínculo tras un juicio donde se valoró el testimonio de la niña víctima.
En Esquel, una mujer fue condenada por la justicia tras ser declarada penalmente responsable de lesionar a su hija con una quemadura en el rostro.
El caso fue llevado a juicio por la fiscal Rafaella Riccono y la funcionaria Sofía Torres, quienes lograron probar los hechos en colaboración con el abogado querellante Santiago Carlen.
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El juez José Luis Ennis, al valorar el relato de la niña de siete años, lo consideró coherente y creíble. Ennis subrayó que exigir prueba científica adicional para validar el testimonio de una menor en casos de este tipo sería incompatible con los derechos de los niños a ser escuchados en procesos judiciales. «Asumir que una niña puede fabular en su declaración y exigir pruebas científicas para considerarlo válido colocaría a los menores en una situación desfavorable frente a los adultos en condiciones similares,» argumentó.
El incidente ocurrió en un entorno familiar íntimo, donde la víctima se encontraba en una situación de especial vulnerabilidad. Además de la quemadura en el rostro, el juez tomó en cuenta otros malos tratos sufridos por la niña, como insultos, tirones de pelo, patadas y baños fríos, aunque no constituyeron delitos por sí mismos. Estos abusos fueron considerados agravantes en la sentencia, y se encuentran prohibidos por el artículo 647 del Código Civil y Comercial, en línea con los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino para prevenir y erradicar tales conductas.
Fuente y foto: MPF.


