jueves 25 abril 2024

No hubo delito y se extinguió la causa “Chubut Deportes”

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Actualizado: 09:53 25/04 | downtack.com

Finalmente, la Justicia sobreseyó a todos los imputados en la causa conocida como “Chubut Deportes” en la cual se encontraban imputados el ex titular de la agencia Walter Ñonquepan, la Gerenta de Administración, Damaris Molinero; y los representantes de la firma “Sono Eventos”, Josué Dahur y Martín Villegas.

En primera instancia, la Fiscalía había imputado a Ñonquepan y Molinero por “cohecho pasivo” considerando que habían recibido dinero por la contratación de “Sono Eventos para la distribución de las viandas a los participantes de las selecciones deportivas de Chubut durante los juegos Evita del 2018.

La hipótesis que manejaba el Ministerio Público Fiscal referenciaba que el organismo pagaba la contraprestación por el servicio de viandas a través de cheques y mediante una cadena de endosos y sobre todo, el último de ellos, terminaba siendo el medio de pago del “soborno”.

Para ello se necesitaba la participación de la empresa contratada. En representación de la firma, Martín Villegas suscribía al dorso los cartulares que luego supuestamente cobraban los funcionarios en el banco en cuestión. Por esta maniobra, la Fiscalía había imputado a Villegas por “cohecho activo”.

Finalmente, tras avanzar con la investigación, la Fiscalía determinó que la acusación se había sustentado en “un error” por lo que pidió el sobreseimiento de todos los imputados.

El fiscal Alejandro Franco explicó los motivos por lo que finalmente pidió que sean sobreseídos los implicados, ya que en las investigaciones y pericias desarrolladas se pudo determinar que Ñonquepan y Molinero no cobraron los cheques en cuestión.

En el caso de Ñonquepan, probó que no se encontraba en la Provincia el día del pago, mientras que Molinero tampoco se hizo presente para el cobro.

Vale señalar en una primera instancia, el Banco del Chubut había confirmado el cobro por parte de Ñonquepan por figurar último en el endoso, pero luego, de acuerdo con el relato del cajero que intervino en esa ocasión, se pudo determinar que los endosos que hacía el organismo al emitir los cheques eran innecesarios e inclusive inducían a posibles complicaciones al identificar el cobrador final, como sucedió en este caso.

Finalmente y ante la exposición de motivos y la afirmación contundente del Fiscal que “el hecho no se cometió”, resolvió el juez penal Marcelo Nieto Di Biase que dictó el sobreseimiento de todos los imputados.

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