El gobierno de Santa Fe ha presentado un proyecto de reforma jubilatoria que declara la emergencia previsional y aumenta los aportes de trabajadores activos, al tiempo que reduce los haberes efectivos.
El gobierno de la provincia de Santa Fe, encabezado por el gobernador Maximiliano Pullaro, ha enviado a la Legislatura un proyecto de ley que propone una reforma significativa del sistema jubilatorio. La iniciativa, que fue presentada en el Senado provincial, declara la emergencia del sistema previsional por dos años, prorrogables por otros dos, y establece medidas para aumentar los aportes de los trabajadores activos y ajustar los haberes.
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El proyecto, compuesto por 56 artículos, introduce un «aporte solidario» durante el tiempo que dure la emergencia, que oscila entre el 2% y el 6% sobre todos los beneficios que paga la Caja de Jubilaciones. Este aporte varía según el importe del beneficio, eximiendo a quienes perciben menos de dos haberes mínimos. Además, se implementa un «Aporte solidario del personal en actividad en cargos de conducción política o gabinete,» del 2,77% durante 36 meses, para aquellos ingresados desde el 11 de diciembre de 2023.
Una de las modificaciones más notables es el aumento del aporte personal de los trabajadores activos, que pasará del 14,5% al 21%, aplicado de manera progresiva en función de los ingresos. Asimismo, la contribución del empleador provincial se incrementará del 17,2% al 19%. También se creará un aporte equivalente a la primera remuneración del empleado al ingresar, descontado en 12 cuotas, y otro aporte relacionado con el progreso en la carrera administrativa, calculado sobre la diferencia salarial al ascender y descontado en 6 cuotas.
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El proyecto también introduce cambios en la forma de calcular los haberes jubilatorios. Se tomará como base las remuneraciones actualizadas de los últimos 120 meses, a las que se aplicará un descuento del 20% en concepto de aporte solidario. Sobre el promedio resultante, se calculará el 70%, sumando un 2% adicional por cada año de servicio que exceda el mínimo exigido. Además, se propone un pilar complementario para compensar haberes más bajos.
En cuanto a las pensiones, se establece una limitación temporal para su goce, con una duración equivalente al tiempo de matrimonio o unión convivencial. Sin embargo, si el beneficiario tiene más de 55 años y no puede demostrar otros medios de vida, o si el cónyuge falleció por causa de su desempeño laboral, la pensión será vitalicia. En el caso de uniones convivenciales sin prueba de duración, el plazo máximo será de 8 años.
Fuente: Ámbito Financiero
Foto: Santafe.gob.ar