La Cámara Penal confirmó íntegramente las penas a los tres acusados y rechazó los planteos de la defensa.
La Cámara Penal de Esquel confirmó la sentencia que había condenado a Nicolás Maximiliano Esteban y Cristian Alejandro Esteban a tres años y seis meses de prisión efectiva por el delito de estafa, y a Marta Traico a dos años de prisión condicional por encubrimiento agravado.
El fallo llegó tras los cuestionamientos de la defensa, que fueron rebatidos por el Ministerio Público Fiscal y la querella particular. Los jueces consideraron acreditada la maniobra que permitió a los acusados sustraer una suma millonaria perteneciente a una mujer octogenaria.
En su resolución, el tribunal descartó el argumento de que no estaba comprobado el monto del dinero robado. Señaló que “a nadie en su sano juicio se le ocurriría exigir” un registro contable de ahorros personales guardados en el hogar para justificar un reclamo por estafa o robo.
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La Fiscalía acreditó tanto la cantidad sustraída como la capacidad de ahorro de la víctima, lo que dio coherencia a su relato. También se remarcó su especial vulnerabilidad: fue elegida justamente porque sus condiciones personales facilitaban la maniobra delictiva.
Además de las penas de prisión, la Cámara ratificó la obligación solidaria de los tres imputados de restituir el dinero sustraído, con intereses, y pagar una suma adicional por daño moral.
El fallo también rechazó los planteos sobre “prueba ilegal” y “errónea interpretación”. Los jueces destacaron que el caso se resolvió con un andamiaje probatorio sólido, compuesto por prueba directa e indicios que conformaron un “rompecabezas” con una única conclusión posible.
Con información del Ministerio Público Fiscal.


