El presidente Javier Milei continúa avanzando en la implementación de su agenda de reformas con la firma del segundo decreto que reglamenta la Ley Bases, publicado este lunes en el Boletín Oficial. Este nuevo decreto, que se enmarca en el Título III de la ley, introduce importantes cambios en la Ley de Obra Pública (17.520) y el régimen de contratos y transacciones, estableciendo nuevas reglas para la ejecución y concesión de obras públicas.
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Uno de los cambios más destacados es la habilitación al Gobierno para rescindir contratos de obras públicas y servicios que fueron firmados antes del 10 de diciembre de 2023, siempre que estos proyectos superen los $10.000 millones en valor. No obstante, el decreto excluye de esta posibilidad a las obras con un avance superior al 80% y aquellas que cuentan con financiamiento internacional, garantizando su continuidad. Además, establece un plazo máximo de noventa días para que los proyectos suspendidos puedan reactivarse.
El decreto también modifica la Ley 17.520, otorgando al Gobierno la facultad de conceder obras públicas a sociedades privadas o mixtas, así como a entes públicos. Estas concesiones deberán ser otorgadas mediante licitaciones públicas, tanto nacionales como internacionales, y deberán ser financiadas de forma privada. Además, se reconoce la posibilidad de cobrar tarifas y peajes por la prestación de servicios públicos, con el Ministerio de Economía, presidido por Luis Caputo, como autoridad de aplicación.
Otro aspecto relevante de la norma es la eliminación de artículos clave de la Ley 23.928, que prohibían la actualización monetaria y la indexación de costos en las deudas, precios y tarifas relacionadas con obras públicas. Esta derogación permitirá una mayor flexibilidad en los contratos y facilitará la reactivación de proyectos paralizados, aunque también podría generar polémica en cuanto al impacto en los costos de los servicios.
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Finalmente, el decreto elimina el fondo de concesiones creado por la Ley de Obra Pública, que se financiaba con aportes de la recaudación de peajes y la venta de terrenos e inmuebles. En su lugar, se permitirá la constitución de sociedades anónimas de propósito específico para gestionar las obras, con la posibilidad de ceder contratos a terceros bajo ciertas condiciones, siempre que cuenten con la aprobación de los financistas y paneles técnicos encargados de supervisar la ejecución.
Fuente: TN.
Foto: C5N.
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