El Gobierno nacional actualizó las escalas de multas aplicables a los incumplimientos en el sector del gas, que comenzarán a regir a partir del 1° de enero de 2026. La medida alcanza tanto a las empresas licenciatarias de transporte y distribución como a terceros no prestadores, en función de la evolución de variables económicas del sector.
La actualización fue dispuesta mediante la Resolución 973/2025 del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), publicada este martes en el Boletín Oficial. Según se informó, los nuevos valores buscan adecuar el régimen sancionatorio al contexto inflacionario y al proceso de revisión tarifaria vigente.
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En el caso de los terceros no prestadores, las multas se ajustaron en base al Índice de Precios Internos Mayoristas (IPIM), con un incremento del 15,88%. De este modo, las sanciones pasarán a ubicarse entre los $126.013 como mínimo y los $126.013.000 como tope máximo.
Para las empresas licenciatarias de transporte, distribución y subdistribución de gas, el aumento fue mayor, del 21,60%. Así, el rango de multas se fijó entre los $154.861 y los $154.861.000, según la infracción cometida y su impacto.
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La normativa también prevé sanciones agravadas en casos de reiteración de incumplimientos o infracciones de grave repercusión social. En esos supuestos, las multas a las prestatarias podrán escalar hasta los $774.605.000, reforzando el esquema de control y penalización del ente regulador.
Fuente: Noticias Argentinas.


