Ya está disponible el formulario para seguir recibiendo el subsidio a la luz y el gas

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Actualizado: 14:35 04/11 | downtack.com

Desde las primeras horas de este viernes se encuentra habilitada la página web del Gobierno nacional para implementar la segmentación de subsidios a los servicios como la energía eléctrica y el gas.

El formulario se encuentra en la web argentina.gob.ar/subsidios, donde se informa cuáles son las premisas para determinar cuáles son los beneficiarios considerados de “menores ingresos”, “ingresos medios” e “ingresos altos”.

Para ordenar el proceso, se ha establecido un cronograma de inscripción de acuerdo a la terminación de DNI:

  • 0 – 1 – 2 entre el 15 y 19 de julio
  • 3 – 4 – 5 entre el 20 y el 22
  • 6 – 7 – 8 – 9 entre el 23 y 26

Es importante señalar que desde Nación, la portavoz de la Presidencia, Gabriela Cerruti, confirmó que a partir del 1º de agosto comenzarán a regir las tarifas de acuerdo con las 3 franjas fijadas.

Las personas que se pueden inscribir son las mayores de 18 años y que poseen servicios a su nombre, sean titulares del domicilio o sean inquilinos, ya que el subsidio se aplica a los usuarios no a las viviendas.

En cuanto a los criterios de segmentación de los hogares, entre otros, son los siguientes:

Menores Ingresos:

  • Hogares con ingresos mensuales menores a 99.677 pesos, que no posean 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad; y hasta 1 inmueble. En este sector se incluye a las personas con Certificado de Vivienda del ReNaBaP; pensionados Veteranos de Malvinas, personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD) y domicilios donde funcione un comedor o merendero.

Ingresos Medios:

  • Hogares con ingresos mensuales entre 99.677 pesos y 348.869 pesos, posean hasta 2 inmuebles o un vehículo con menos de 3 años de antigüedad.

Ingresos Altos:

  • Hogares con ingresos mensuales superiores a los 348.869 pesos (en la Patagonia $ 425.620) o posean 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años, 3 o más inmuebles, una embarcación, una aeronave de lujo o sean titulares de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

Existen 2 casos en los cuales no hay que llegar el formulario y son las electrodependientes que no deben realizar el trámite para la energía pero sí para el gas; y si en la vivienda funciona una entidad de bien público.

Por último, es pertinente recordar que el trámite no solo se puede realizar en la web de la Secretaría de Energía de la Nación sino que también se puede efectuar a través de la app “Mi Argentina” o bien de forma presencial en las delegaciones de la ANSES.

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