La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado nuevas normativas para la registración de residentes y no residentes que deseen adherirse al blanqueo de capitales, con medidas para evitar el pago de multas.
La AFIP ha implementado nuevas normas a través de la Resolución General N° 5.528, publicada recientemente en el Boletín Oficial. Estas regulaciones establecen las condiciones para que tanto residentes como no residentes puedan adherirse al blanqueo de capitales, así como las medidas necesarias para evitar sanciones.
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Para los residentes, será obligatorio contar con un Código Único de Identificación Laboral (CUIL), Clave de Identificación (CDI) o Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) en estado administrativo «Activo: sin limitaciones». También podrán estar categorizados como «Limitado por Falta de Inscripción en Impuestos/Regímenes», «Limitado por Falta de Presentación de Declaración Jurada», «Limitado por Falta de Movimiento y Empleados en Declaración Jurada» o «Limitado por incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico».
En el caso de los no residentes que hayan sido residentes fiscales argentinos, deberán designar a un responsable que gestionará el alta a través del servicio con clave fiscal «Sistema Registral». Además, para acreditar la titularidad, posesión, tenencia o guarda al 31 de diciembre de 2023 y la valuación de los bienes regularizados, se deberán presentar las constancias y documentación respaldatoria junto con la declaración jurada de regularización.
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La AFIP también especificó que el dinero en efectivo regularizado y depositado o transferido a una Cuenta Especial de Regularización de Activos será excluido de la base imponible del Impuesto Especial de Regularización. Sin embargo, si estos fondos se transfieren a otra cuenta antes del 31 de diciembre de 2025, se deberá tributar el 5% a través de una retención. Si los fondos no cumplen con estas condiciones o no se destinan a inversiones específicas, también se aplicará esta tasa del 5%.
Fuente: Ambito Financiero