El organismo ordenó el retiro inmediato de dispositivos médicos, cosméticos y productos clínicos comercializados sin habilitación sanitaria y abrió sumarios a las firmas involucradas.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición y el retiro del mercado de una serie de productos que se vendían sin autorización en el país. Las medidas, publicadas en el Boletín Oficial a través de distintas disposiciones de 2026, alcanzan aparatología estética, cremas de uso tópico, medicamentos, insumos clínicos y artículos domisanitarios.
Entre los casos más relevantes figuran los equipos de radiofrecuencia y tecnología HIFU comercializados por Dermoequipos SRL. Mediante la disposición 792/2026, el organismo vetó los dispositivos Dermofrax Dermotherap y Dermohifu-7D-FEM Dermotherap tras constatar que eran fabricados y distribuidos sin habilitación sanitaria. La investigación se inició luego de detectar su promoción en redes sociales y la falta de documentación que garantizara trazabilidad y registro.
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En el rubro cosmético, la disposición 793/2026 prohibió las cremas “Rucrem curativa”, “Rucrem bloqueador solar RB FPS 80” y “ATO-FLEX FORTE”, elaboradas por el Laboratorio Ruefenacht en Campo Quijano. Según la ANMAT, la empresa no estaba habilitada para operar en ese segmento y utilizaba un legajo de registro usurpado. Además, los productos no figuraban en la base oficial, por lo que no se pudo acreditar su seguridad ni la conformidad de sus ingredientes.
También fue alcanzado el producto Verrugol, elaborado por el Laboratorio Fiorano, cuya venta quedó prohibida por la disposición 802/2026. El organismo determinó que, por su composición con potencial acción farmacológica, podría encuadrarse como especialidad medicinal, aunque no cuenta con autorización ni figura en la Farmacopea Argentina.
Las irregularidades se extendieron a insumos médicos. A través de la disposición 807/2026 se retiró del mercado la Sonda para Succión PM-201-13, modelo SK-29P, marca BIOEQUIP, tras reportes de contaminación en envases primarios. Inspecciones en la planta de Ramos Mejía detectaron fallas en buenas prácticas de fabricación y trazabilidad en lotes específicos.
Asimismo, se prohibieron lotes del Electrocardiógrafo Contec modelo ECG300G por registro vencido, el producto Specimen Trap 40 cc por carecer de habilitación sanitaria y el desinfectante para piscinas nataclor OXY POOL por comercializarse con rótulos e indicaciones no autorizadas. En todos los casos, la ANMAT ordenó el retiro inmediato de lotes y la apertura de sumarios sanitarios, además de notificar a las autoridades provinciales para reforzar los controles.
Fuente: ANMAT.


