La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización en todo el país de una serie de productos para el cabello que no contaban con inscripción sanitaria, según quedó establecido en la disposición 599/2026 publicada este lunes en el Boletín Oficial. La decisión busca resguardar la salud pública ante posibles riesgos derivados de su uso.
La medida alcanza a artículos de la marca “SILKDROP” en todas sus presentaciones, lotes y vencimientos, entre ellos distintos tratamientos de alisado, botox capilar y keratinas, además de un recuperador capilar. Según el organismo, los productos no presentaban datos de registro sanitario en su rotulado ni coincidían con la base oficial de cosméticos inscriptos.
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Las actuaciones se iniciaron tras tareas de fiscalización del Servicio de Productos Cosméticos e Higiene Personal, que detectó la comercialización de estos artículos sin autorización. La falta de inscripción implica que no fueron evaluados por la autoridad sanitaria, lo que impide garantizar su seguridad, calidad y composición.
Entre los principales riesgos señalados se encuentra la posible presencia de formol (formaldehído) como agente alisante, sustancia cuyo uso con fines cosméticos no está autorizado. La exposición a vapores de este compuesto puede generar efectos adversos en la salud, especialmente en casos de uso frecuente o en espacios sin ventilación adecuada.
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Además de los productos capilares, la disposición también aplica una prohibición sobre un insumo médico, en el marco de controles destinados a prevenir irregularidades en la cadena de comercialización. Desde el organismo reiteraron la importancia de verificar que los artículos cuenten con registro sanitario antes de su compra y uso.
Fuente: Infobae.


