La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) implementó nuevos procedimientos para la importación y habilitación de productos de cuidado personal, cosméticos, perfumes y artículos de higiene oral y descartables. La medida alcanza tanto a personas humanas como jurídicas, y busca agilizar los trámites mediante una declaración jurada online.
A través de la Disposición 7939/2025, publicada en el Boletín Oficial, la ANMAT dispuso que los establecimientos dedicados a la elaboración, fraccionamiento o importación de estos productos podrán comenzar a operar inmediatamente tras presentar la documentación digital requerida. La verificación física de las plantas quedará sujeta a inspecciones posteriores, lo que apunta a reducir tiempos y optimizar recursos.
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La normativa, enmarcada en la Ley N° 16.463, mantiene el control estatal pero reemplaza parte de la burocracia por un sistema de autogestión con responsabilidad empresarial. Si se detectan irregularidades o falsedades en las declaraciones, el organismo podrá iniciar sumarios, aplicar sanciones administrativas y adoptar medidas judiciales preventivas.
Los establecimientos deberán notificar cualquier cambio en su estructura, domicilio o actividades dentro de los treinta días hábiles. Además, tendrán que cumplir con las Buenas Prácticas de Fabricación (BPF), actualizadas para garantizar la calidad y seguridad de los productos, especialmente los de uso intravaginal o higiénico descartable.
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La disposición también deroga normas previas, entre ellas la Disposición ANMAT N° 1109/99, la N° 692/12 (artículos 4° y 5°), la N° 9363/23 y la N° 10747/24, consolidando un único marco regulatorio. Con este cambio, el organismo apunta a modernizar la gestión sanitaria y a fortalecer la trazabilidad y control del mercado de cosméticos e higiene personal en el país.
Fuente: Infobae.


