La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) inició el proceso semestral de recategorización de oficio del monotributo, a partir del cruce de información sobre movimientos en billeteras virtuales y otros medios de cobro electrónico. Las notificaciones comenzaron a llegar al domicilio fiscal electrónico de los contribuyentes que, según los controles sistémicos, presentan inconsistencias entre la categoría declarada y los ingresos detectados.
En los avisos, el organismo detalla que, tras analizar los datos disponibles, se verificó que la categoría actual “resulta inexacta”, por lo que se procederá a la recategorización automática. El monitoreo incluye operaciones cobradas con tarjeta de crédito, débito y pagos mediante código QR, que luego se contrastan con la facturación informada por el monotributista.
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El procedimiento generó inquietud entre contribuyentes que sostienen que el sistema no siempre diferencia entre ingresos derivados de la actividad económica y otras acreditaciones personales, como transferencias entre cuentas propias o préstamos. Desde el Gobierno nacional aclararon que el análisis se centra en cobros comerciales y no en transferencias personales, y remarcaron que lo observado son operaciones vinculadas a ventas o servicios.
En diálogo con Noticias Argentinas, el tributarista César Litvin explicó que la recategorización de oficio está contemplada en la normativa vigente cuando existen diferencias entre lo declarado y los datos que posee ARCA. Señaló que, en principio, cualquier acreditación en cuenta presume ganancia, aunque el contribuyente puede presentar un descargo para demostrar que determinados fondos no corresponden a ingresos gravados, como transferencias entre cuentas propias o sumas no vinculadas a la actividad.
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El plazo para apelar es de 15 días hábiles desde la notificación. El trámite debe realizarse con clave fiscal a través del servicio “Presentaciones Digitales”, opción “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”, adjuntando la documentación respaldatoria. Si no se interpone recurso, la nueva categoría quedará firme desde el período 02/2026 y no podrá modificarse hasta la siguiente instancia semestral.
Fuente: Noticias Argentinas.


