La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen de anticipos del impuesto a las Ganancias mediante la Resolución General 5778/2025. La medida establece nuevos parámetros para solicitar la reducción de anticipos, actualiza los umbrales mínimos y fija un mecanismo automático de ajuste según la inflación. Según el organismo, los cambios buscan “adecuar el régimen a los distintos perfiles de contribuyentes y promover mayor equidad en la determinación de la carga tributaria anticipada”.
A partir del 28 de octubre, los contribuyentes deberán aplicar los nuevos valores para determinar si corresponde iniciar el procedimiento especial ante ARCA. Las personas jurídicas podrán solicitar la reducción desde el tercer anticipo si proyectan que el total a ingresar supere en más del 25% el impuesto anual, o desde el primero si la sobreestimación alcanza el 40%. Para personas humanas y sucesiones indivisas, la reducción podrá solicitarse desde el tercer anticipo o desde el primero con una proyección de sobreestimación mínima del 40%, manteniendo las reglas anteriores.
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La resolución también actualiza los umbrales para el procedimiento especial de revisión: para contribuyentes del Segmento 11, la base mínima se fijó en $250.000.000, mientras que para otros sujetos es de $200.000.000. Estos montos se actualizarán automáticamente cada año a partir de 2027 según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC. La solicitud de reducción queda sujeta a control de ARCA, que dispone de 60 días corridos para expedirse, aplicando el “silencio positivo” según la normativa vigente.
El esquema de anticipos establece que las personas jurídicas realizan nueve pagos anuales, representando cada uno el 11,11% de la base, mientras que personas humanas y sucesiones cumplen cinco pagos del 20% cada uno. El monto mínimo que activa la obligación es de $2.500 para empresas y $5.000 para individuos y sucesiones. Según Sebastián Domínguez, tributarista, la novedad principal es la posibilidad de solicitar reducción desde el tercer anticipo para empresas con sobreestimaciones superiores al 25%.
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ARCA destacó que la actualización periódica de los parámetros y el control de las solicitudes buscan reducir saldos a favor y evitar distorsiones, garantizando proporcionalidad entre el impuesto pagado por adelantado y el tributo final. La medida aplica a todos los contribuyentes del impuesto a las Ganancias, incluidos individuos, sucesiones indivisas y sociedades comprendidas en el artículo 73 de la ley correspondiente.
Fuente: Infobae.


