viernes 3 julio 2026

Condenan a un padre por agredir a su hija tras un juicio abreviado

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Actualizado: 16:20 03/07 | downtack.com

El hombre admitió haber golpeado a la niña con una varilla y patadas dentro del domicilio familiar. La Fiscalía lo condenó por lesiones leves agravadas por el vínculo, en un fallo que refuerza la protección de los derechos de las infancias.

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Un padre de Esquel fue condenado tras reconocer que agredió físicamente a su hija de 6 años, en un caso que volvió a poner en el centro del debate la necesidad de garantizar entornos seguros y libres de violencia para las infancias. La sentencia fue obtenida mediante la modalidad de juicio abreviado, luego del trabajo del Equipo de Género de la Fiscalía, que intervino con celeridad para proteger a la víctima y avanzar hacia una resolución judicial.

El hecho ocurrió entre finales de noviembre y comienzos de diciembre de 2024, cuando el hombre, enojado por una situación doméstica, reaccionó golpeando a la niña con una varilla y propinándole patadas en el cuerpo. La agresión tuvo lugar dentro de la vivienda familiar, donde el imputado se encontraba a cargo del cuidado de la menor.

Según explicó la Fiscalía, el episodio se enmarca en un contexto de violencia contra la niñez, con un claro ejercicio de poder y vulnerabilidad dada la relación entre agresor y víctima. La calificación legal aplicada fue “lesiones leves agravadas por el vínculo”, ya que el acusado es el padre de la niña, lo que aumenta la gravedad del hecho.

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El caso se resolvió rápidamente a través del juicio abreviado, una herramienta judicial que permite agilizar los procesos cuando el imputado reconoce su responsabilidad y acepta la pena. Este mecanismo, señalaron desde el Ministerio Público Fiscal, evita la revictimización de niñas y niños al no exponerlos a extensas instancias judiciales.

La fiscal Rafaella Riccono destacó la importancia del fallo como mensaje a la sociedad: “Los derechos de las infancias son prioridad y el Estado no tolerará ningún tipo de maltrato. La violencia física no puede ser utilizada como método de corrección bajo ninguna circunstancia”. También remarcó que los niños son sujetos de derecho y que las instituciones deben garantizar su integridad física y emocional, promoviendo una crianza sin violencia.

Fuente: Ministerio Público Fiscal

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