viernes 31 julio 2026

Declararon culpable a un hombre por portación de arma de guerra en pandemia

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Actualizado: 14:21 31/07 | downtack.com

Tras la realización del juicio oral correspondiente, el joven acusado fue declarado culpable debido al delito de portación de arma de guerra, luego de una investigación llevada adelante por el Ministerio Público Fiscal encabezado por el fiscal general Gustavo Núñez, iniciada durante 2020, en plena pandemia por virus covid 19.

La intervención policial que dio origen al caso se produjo en junio de aquel año, en horas de la madrugada cuando el acusado, sabiendo lo que hacía, conociendo la naturaleza y poder vulnerante, como asimismo que no contaba con autorización para hacerlo, llevaba consigo un arma de fuego, tipo pistola, calibre 9 mm., color negro, la que se encontraba con doce cartuchos a bala en su almacén cargador y en condiciones de inmediata y real disponibilidad.

El equipo fiscal que fue dirigido por el doctor Núñez, contó con la colaboración del procurador de fiscalía Mauro Quinteros y la abogada Ruth Ortega. El debate se extendió por el término de una semana, donde declararon ocho testigos ofrecidos por la parte investigadora, entre los que se encontraban personal policial, integrantes de la Unidad Especial de Criminalística y un perito balístico, con quienes se pudo probar la teoría del caso esgrimida por el Ministerio Público Fiscal. Así las cosas, la defensa del acusado, ejercida por Gladys Olavarría, no logró acreditar su estrategia defensiva consistente en el pedido de sobreseimiento.

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La Jueza Mirta Moreno dictó el veredicto de culpabilidad, efectuando un análisis pormenorizado de la prueba producida, declarando al acusado como autor material y penalmente responsable del delito de portación de arma de fuego de uso civil condicional/guerra en carácter de autor, lo que es reprimido por el artículo 189 bis inciso segundo párrafo cuarto y 45 del código penal.

Por otro lado, la magistrada comunicó a las partes que el martes 12 de septiembre, se llevará adelante la audiencia de cesura de pena, donde las partes elevarán la pretensión punitiva, adelantando la fiscalía que solicitará una pena de prisión de cuatro años y seis meses de efectivo cumplimiento, más la declaración de reincidencia.

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