A partir de una reciente disposición publicada en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dejará de exigir autorización previa para importar productos cosméticos, de higiene personal y otros artículos de uso doméstico destinados a la venta comercial. La medida busca agilizar los procesos aduaneros y promover una gestión pública más eficiente.
La disposición 4033/2025 establece que, para aquellos productos que ya cuenten con aprobación previa de la ANMAT, los importadores deberán simplemente notificar la nacionalización del producto dentro de las 48 horas de su ingreso al país, mediante una declaración jurada. La norma entrará en vigencia 30 días después de su publicación oficial.
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Entre los productos alcanzados se incluyen cosméticos, domisanitarios, enjuagues bucales de uso odontológico, pañales, toallitas higiénicas, copas menstruales y otros artículos higiénicos descartables. La ANMAT ahora concentrará su tarea en controles posteriores a la comercialización para garantizar la seguridad y eficacia de los productos en el mercado interno.
Esta decisión se suma a una disposición previa, la 3562/2025, que ya permitía la importación sin autorización de productos de higiene y cosmética para uso personal. En ese contexto, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, defendió la medida como una forma de ampliar las libertades del consumidor argentino.
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Según el Gobierno, esta desregulación permite a los ciudadanos y empresas acceder más fácilmente a productos del mercado global, reduciendo trabas burocráticas sin abandonar los controles sanitarios de fondo. El nuevo esquema pone el foco en la fiscalización posterior al ingreso, en lugar de frenar el comercio en la aduana.
Fuente: ámbito financiero.
Foto: Infobae.