En su resolución el Consejo Federal consideró que la decisión de Huracán de Trelew de iniciar los entrenamientos podría configurar una violación al despacho 12.559 con fecha del 17 de junio último que dispuso, con alcance para todas las Ligas afiliadas a la AFA, que «todas sus categorías y disciplinas podrán reanudar sus entrenamientos previos a las competencias, recién cuando en todo en todo el territorio del país tenga vigencia la Fase 4 del catálogo de administración del aislamiento dispuesto por el Gobierno Nacional».
En su único artículo resolutivo, la disposición remite copia certificada de las presentes actuaciones a la Liga del Valle de Chubut, Provincia del Chubut, «para que el Tribunal de Disciplina proceda a la sustanciación de un proceso disciplinario, a fin de deslindar responsabilidades por la conducta desarrollada por el Club Social y Deportivo Huracán de Trelew, quien habría incumplido el DESPACHO Nº 12.559 del Consejo Federal del Fútbol».


