La Justicia dejó sin efecto dos artículos del DNU 340/25 que ampliaban los servicios esenciales y limitaban la cobertura de huelgas. El Ejecutivo ya confirmó que recurrirá la decisión.
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El Gobierno nacional apelará el fallo de la jueza laboral Moira Fullana, quien suspendió parcialmente el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25, al considerar que violaba el principio de división de poderes y el derecho a la libertad sindical. La medida judicial deja sin efecto los artículos 2 y 3 del decreto, que establecían nuevas restricciones al derecho de huelga.
Desde Casa Rosada relativizaron el impacto de la sentencia, al señalar que “no modifica nada en la práctica”, dado que sigue vigente la cautelar dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo sobre el DNU 70/23, que ya suspendía medidas similares impulsadas por el presidente Javier Milei a fines de 2023.
El artículo 3 del DNU 340/25 había ampliado la definición de servicios esenciales y de importancia trascendental, imponiendo coberturas mínimas obligatorias del 75% y 50%, respectivamente, durante cualquier medida de fuerza. La CGT interpuso un amparo judicial, argumentando que el decreto era inconstitucional y que se intentó “esconder” la restricción a la huelga dentro de una normativa con un título ambiguo, referido a la Marina Mercante.
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La magistrada Moira Fullana concluyó que no existían “circunstancias excepcionales” que justificaran el uso del DNU, según lo exige el artículo 99 de la Constitución Nacional, y sostuvo que se trató de una norma que invadía competencias exclusivas del Congreso.
Aunque desde el oficialismo reconocieron que la decisión judicial era previsible, insisten en avanzar con la reforma, y ya analizan enviar un proyecto de ley al Congreso como alternativa, aunque con mayores dificultades políticas para conseguir su aprobación.
Fuente: TN
Foto: Archivo