El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal mediante el Decreto 1253/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial. La normativa establece condiciones para reducir multas por incumplimientos formales y precisa el funcionamiento del régimen de declaración jurada simplificada del Impuesto a las Ganancias, que contempla beneficios para los contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos.
Uno de los puntos centrales de la reglamentación es la definición de “discrepancia significativa”, que puede configurarse cuando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) detecta un aumento del impuesto determinado o una reducción del quebranto impositivo de al menos el 15% respecto de lo declarado. También se contempla el caso en que la diferencia supere el umbral previsto en el Régimen Penal Tributario. Si se detectan facturas apócrifas o ingresos directos computados de manera improcedente, la discrepancia puede configurarse sin importar el monto del ajuste.
La norma también dispone una reducción de multas para micro, pequeñas y medianas empresas, personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro, siempre que no sean Grandes Contribuyentes Nacionales. El beneficio opera cuando se cumple la obligación formal que originó la infracción dentro de los plazos y condiciones que establezca ARCA, y no impide la aplicación de otros mecanismos de reducción contemplados en la legislación tributaria.
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En cuanto al régimen simplificado de Ganancias, la reglamentación establece que la adhesión podrá realizarse para períodos fiscales iniciados desde el 1 de enero de 2025. ARCA deberá emitir una constancia digital y habilitar un mecanismo para ratificar anualmente la permanencia o solicitar la baja. La declaración jurada será precargada con información disponible en los sistemas del organismo y datos aportados por responsables o terceros, y el contribuyente podrá modificarla, confirmarla y presentarla.
Quienes adhieran al régimen y presenten la declaración jurada simplificada, además de pagar en término el impuesto que corresponda, podrán acceder al efecto liberatorio del pago para el período fiscal base. La reglamentación también contempla una presunción de exactitud para declaraciones juradas de Ganancias e IVA de períodos no prescriptos, sujeta al cumplimiento de las condiciones legales. Esa protección puede perderse si ARCA detecta una discrepancia significativa o alguna de las irregularidades previstas en la normativa.
La reglamentación incluye, además, a quienes ya presentaron la declaración jurada de Ganancias correspondiente a 2025 bajo el régimen general antes de la entrada en vigencia del decreto. Si cumplen los requisitos, podrán adherir a la modalidad simplificada, pero deberán rectificar la declaración anterior hasta el vencimiento de la nueva presentación. La aplicación de los beneficios dependerá de las condiciones fijadas por la ley y de los procedimientos que establezca ARCA.
Fuente: IProfesional.


