viernes 10 julio 2026

El STJ dejó firme una condena por abuso sexual agravado en Esquel

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Actualizado: 02:35 10/07 | downtack.com

Foto ilustrativa.

La Justicia de Esquel volvió a ratificar una condena por abuso sexual agravado y dejó firme la pena de diez años de prisión impuesta al acusado. El fallo fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Chubut, que rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa.


La causa ya había atravesado distintas instancias judiciales con resultados favorables para la Fiscalía. El imputado había sido condenado por abuso sexual agravado con acceso carnal, en concurso real con tentativa de abuso sexual agravado por acceso carnal.

Uno de los puntos más controversiales del proceso surgió luego de conocerse la sentencia condenatoria. El entonces defensor particular presentó una grabación realizada en su estudio jurídico, donde la adolescente habría afirmado que la denuncia era falsa y que había actuado bajo presión. Tras aportar ese material, el abogado renunció a continuar con la defensa.

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Con esa grabación, la Defensa Pública solicitó la revisión de la condena ante la Cámara Penal. Sin embargo, tanto la Fiscalía como los tribunales consideraron que el video no cumplía con las garantías legales exigidas para este tipo de casos.

Según se argumentó en el fallo, la entrevista fue realizada de manera privada, sin la presencia de psicólogos ni especialistas y sin control de la Fiscalía. Además, se sostuvo que esa situación implicó una revictimización de la adolescente, ya que la normativa prohíbe que el abogado defensor del acusado entreviste a solas a la víctima.

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La resolución también destacó que, en casos de abuso intrafamiliar, “es muy común y esperable” que las víctimas intenten retractarse debido a presiones familiares o sociales. En este expediente se acreditó que la joven sufría hostigamientos y era responsabilizada por la detención de su tío, lo que debilitó la credibilidad de la retractación presentada por la defensa.

El Superior Tribunal de Justicia remarcó además que “no basta con una simple retractación” para anular un juicio ya realizado. Los jueces señalaron que, si efectivamente hubiera existido una denuncia falsa, primero debería investigarse un eventual falso testimonio y existir una condena firme sobre ese hecho antes de revisar la sentencia original.

Con esta nueva resolución, el máximo tribunal provincial declaró inadmisible el planteo de la defensa y dejó firme la condena que el imputado continúa cumpliendo en prisión. Por disposición judicial, no se difundió la identidad del condenado para preservar a la víctima.

Con información del MPF.

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