Marcelo Gustavo Villarruel fue encontrado responsable por unanimidad de dos hechos de hurto calificado ocurridos en el Hospital Zonal de Esquel. La sentencia se basó, entre otras pruebas, en registros de cámaras de seguridad y peritajes.
Un tribunal mixto declaró culpable por unanimidad al enfermero Marcelo Gustavo Villarruel, de 54 años, por el hurto de siete ampollas de morfina del Hospital Zonal de Esquel. Los jueces consideraron acreditados dos hechos ocurridos entre diciembre de 2024 y enero de 2025.
La acusación fue impulsada por el fiscal Fidel González, con la colaboración del fiscal Ezequiel Forti. Tras analizar las pruebas presentadas durante el juicio, los tres jueces técnicos y los dos integrantes populares concluyeron que Villarruel sustrajo cinco ampollas el 26 de diciembre de 2024 y otras dos el 5 de enero de 2025.
La investigación se había iniciado luego de detectar los faltantes de morfina. En ese momento, el Hospital contaba con un protocolo de control sobre los estupefacientes: las llaves de la caja de seguridad estaban bajo custodia de los médicos de guardia, quienes realizaban un recuento de la medicación al comienzo y al finalizar cada turno.
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Uno de los elementos centrales de la acusación fueron las cámaras de seguridad del establecimiento. Las imágenes mostraron al enfermero ingresando a la caja durante la madrugada y utilizando su cuerpo para ocultar la maniobra. Además, se estableció que había accedido a las llaves que los médicos guardaban entre sus pertenencias dentro del sector de enfermería.
A las filmaciones se sumaron distintos elementos de prueba. Una pericia escopométrica permitió identificar a Villarruel en los registros, mientras que los investigadores también encontraron en su teléfono celular una fotografía de una ampolla de morfina. El tribunal además valoró otros episodios vinculados con intentos de obtener el medicamento de manera informal y el hecho de que los faltantes dejaron de registrarse después de su apartamiento de las guardias.
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La defensa había planteado la nulidad de las filmaciones, pero el tribunal rechazó ese planteo y consideró válidos los registros incorporados al proceso. Finalmente, la conducta fue encuadrada como hurto calificado, contemplado en los artículos 162 y 163, inciso 3°, del Código Penal, debido al uso de una llave sustraída para acceder al lugar donde se encontraba la morfina.
Con la declaración de culpabilidad, el proceso ingresará ahora en la etapa de determinación de la pena. La audiencia de cesura, en la que se debatirá la sanción que corresponde imponer y las costas del proceso, fue fijada para el jueves 27 de agosto de 2026 a las 10 horas.
Con información del Ministerio Público Fiscal.


