El juez laboral Raúl Horacio Ojeda, quien el 30 de marzo había suspendido varios artículos de la Ley de Modernización Laboral a pedido de la CGT, ahora dio marcha atrás sobre un punto clave: revocó la cautelar que frenaba la aplicación del artículo 55 de la ley 27.802, el cual regula la actualización de créditos laborales en juicios en trámite.
El artículo 55, junto con el 54, establece que los créditos derivados de relaciones individuales de trabajo se ajusten por el IPC más una tasa del 3% anual, siendo este cambio uno de los más controvertidos de la reforma. La suspensión inicial buscaba proteger a los trabajadores, pero la revisión del juez reveló que, en algunas provincias, la medida podía perjudicarlos.
Ojeda explicó que las cautelares son provisionales y pueden modificarse cuando surgen nuevos elementos. Tras un “estudio de campo” en la Red Académica de Jueces del Trabajo, constató que en jurisdicciones como Buenos Aires, Chubut, Chaco, San Luis, Córdoba, Jujuy, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Mendoza y Tucumán, los sistemas previos eran menos favorables que el régimen previsto por el artículo 55.
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La resolución implica que cada jurisdicción evaluará individualmente la aplicación de los artículos 54 y 55, desarmando la lógica uniforme que la cautelar inicial había intentado imponer. Esto relativiza la suspensión general y pone de relieve la heterogeneidad del sistema judicial argentino.
Desde el punto de vista institucional, la marcha atrás parcial expone una debilidad en el diseño original de la medida: a pocos días de dictarla, el juez concluyó que al menos un artículo beneficiaba a los trabajadores, mostrando que la suspensión amplia fue apresurada.
Políticamente, el episodio tiene implicancias relevantes: sectores sindicales habían celebrado la cautelar, mientras que entidades empresarias como la UIA alertaban sobre la afectación a la seguridad jurídica. La revisión parcial ahora evidencia que no todos los artículos suspendidos requerían el mismo tratamiento, generando un debate sobre la proporcionalidad y razonabilidad de las medidas judiciales frente a reformas de gran alcance.
Fuente: Infobae.


