El jurado popular dictó veredicto de no culpabilidad para los oficiales del GEOP implicados en el fallecimiento del joven en Lago Puelo en 2021.
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Tras más de cuatro horas y media de deliberación, el jurado popular determinó este viernes que los tres acusados en el caso de la muerte de Martín “Tino” John actuaron “en cumplimiento del deber” y dictó veredicto de no culpabilidad.
Los absueltos son el sargento Luis Alberto Moggiano, señalado como autor de los disparos, y los comisarios Omar Eduardo Martínez y Cristian Alejandro Soto, responsables de la comisaría de El Hoyo y del Grupo Especial de Operaciones Policiales (GEOP), respectivamente. La decisión se conoció pasadas las 21 horas, luego de que el jurado revisara pruebas, incluido un video presentado durante el juicio.
El caso, ocurrido el 27 de mayo de 2021 en la chacra de Las Golondrinas, generó gran conmoción en la Comarca Andina y fue seguido por organismos de derechos humanos, que acompañaron a la familia en su reclamo de justicia. La acusación sostuvo que no se cumplieron los protocolos de intervención, como la presencia de un equipo de salud mental, mientras que la defensa argumentó que su actuación fue adecuada dadas las condiciones de la zona.
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El juicio, que se inició el 23 de octubre de 2025 en los Tribunales de Esquel y estuvo a cargo del juez técnico Alejandro Rosales, incluyó pausas por las elecciones nacionales y permitió a los doce miembros del jurado analizar minuciosamente cada prueba y alegato. La séptima jornada se centró en los alegatos de cierre y la deliberación final.
Con este veredicto, el caso de la muerte de Martín John marca un capítulo decisivo en la región, dejando en evidencia la complejidad de los procesos judiciales en incidentes policiales y la importancia de la deliberación popular en la administración de justicia.


