El máximo tribunal dictó medidas cautelares contra Misiones por regímenes de percepción que generaban elevados saldos a favor de dos empresas. Uno de los casos equivalía a 307 años de impuesto adelantado.
La Corte Suprema de Justicia dictó medidas cautelares que impiden a Misiones continuar aplicando determinadas retenciones y percepciones de Ingresos Brutos a dos empresas. Los casos involucran montos superiores a $7.000 millones y operaciones realizadas fuera del territorio provincial.
Uno de los expedientes corresponde a Establecimiento Las Marías, que afrontaba retenciones mensuales por $597,6 millones. Proyectado a un año, el monto alcanzaba los $7.171,7 millones, mientras que la obligación tributaria anual estimada de la compañía era de apenas $23,3 millones.
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La diferencia implica que las retenciones representaban el 30.718% del impuesto definitivo, equivalente a unos 307 años de impuesto adelantado. La Corte consideró que el régimen cuestionado plantea una posible afectación de principios constitucionales relacionados con el comercio interprovincial y la prohibición de aduanas interiores.
El segundo caso involucra a Canon Puntana, que denunció retenciones por $429,9 millones. De ese total, el 70,86%, equivalente a $304,6 millones, correspondía a operaciones desarrolladas fuera de Misiones. El saldo a favor acumulado por la empresa llegó a $388,6 millones en febrero de 2026 y se proyectaba en casi $742 millones para diciembre.
Las medidas cautelares establecen que Misiones deberá evitar determinadas retenciones y percepciones vinculadas con actividades desarrolladas fuera de su territorio mientras se resuelven las cuestiones de fondo. En el caso de Las Marías, además, se mantiene suspendida la aplicación de distintos mecanismos de recaudación anticipada.
El fallo podría tener impacto más allá de las dos empresas involucradas, ya que representa un antecedente para compañías que acumulan importantes saldos a favor por sistemas provinciales de recaudación. La discusión de fondo apunta a determinar hasta dónde pueden avanzar las jurisdicciones con mecanismos de pago a cuenta sin afectar derechos de los contribuyentes ni el comercio entre provincias.


