La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó que el gremio de pilotos aeronáuticos (APLA) debe informar con cinco días de anticipación cualquier medida de fuerza que afecte al transporte aéreo civil, en una decisión que surge de la disputa por la constitucionalidad de dos decretos emitidos por el gobierno de Javier Milei. Los decretos habían declarado el servicio de aeronavegación como esencial, limitando parcialmente el derecho a huelga de los trabajadores del sector.
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El conflicto surgió después de que el gobierno decretara que las huelgas en el transporte aéreo deberían notificarse con antelación y garantizar al menos el 50% del servicio. APLA, liderada por Pablo Biró, presentó un recurso para suspender la vigencia de estos decretos, argumentando que limitan el derecho a huelga protegido por la Constitución Nacional. La Cámara del Trabajo confirmó la suspensión temporal de los decretos, pero mantuvo la obligación de preavisar los paros.
Los camaristas Alejandro Perugini y Diana Cañal justificaron la decisión señalando que, aunque el derecho a huelga es fundamental, es necesario considerar el interés público y el impacto que puede tener una interrupción total del servicio de transporte aéreo sobre los usuarios. La decisión establece que la obligación de informar los paros con anticipación no contradice los estándares fijados por el Comité de Libertad Sindical de la OIT.
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El fallo solo afecta a APLA y sus afiliados, ya que fueron los únicos en iniciar la causa judicial, mientras que otros gremios continúan bajo la plena vigencia de los decretos. El caso continúa en proceso, y la Cámara del Trabajo deberá decidir sobre la constitucionalidad definitiva de los decretos que declararon esencial el servicio de aeronavegación.
Fuente: Infobae.
Foto: Archivo.