La Cámara Federal de Mar del Plata declaró la inconstitucionalidad del artículo 1 de la ley 27.609 de movilidad jubilatoria y ordenó recalcular los haberes de una jubilada aplicando el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
El fallo destacó que la pérdida del poder adquisitivo de los haberes entre enero de 2021 y marzo de 2024 fue del 50,3%, debido al impacto de la inflación y a la deficiencia de la fórmula vigente. La medida beneficiará a quienes no recibieron bonos extraordinarios por parte del gobierno.
Los jueces Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza señalaron que el ajuste se aplicará solo si mejora el haber percibido, respetando en su caso la fórmula anterior si resultara más favorable para el jubilado.
MIRÁ TAMBIÉN: Superclásico caliente: detuvieron micros con armas y droga
El tribunal remarcó que la grave crisis inflacionaria justifica revisar la fórmula, citando el Decreto 274/2024 que reconoce los “resultados desastrosos” de la movilidad jubilatoria vigente para los adultos mayores.
Además, el fallo aclaró que los subsidios otorgados a los haberes mínimos no compensaron adecuadamente la pérdida de poder adquisitivo en beneficiarios que cobraban montos superiores al mínimo.
La resolución ordena reajustar las jubilaciones por inflación para quienes quedaron fuera de las ayudas extraordinarias, declarando inaplicable la fórmula de movilidad jubilatoria para el período 2021-2024.
Fuente: Ámbito.