Foto de archivo.
El juez federal de Esquel, Guido Otranto, negó los recursos presentados por las municipalidades contra la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación.
El cobro de tasas municipales en las facturas de servicios públicos sumó un nuevo capítulo en la región. El Juzgado Federal de Esquel, a cargo de Guido Otranto, rechazó los amparos presentados por las municipalidades de Esquel y Trevelin contra la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación.
Ambos municipios habían intentado frenar la aplicación de la resolución 267/2024, que prohíbe incluir conceptos ajenos en las boletas emitidas por prestadores de servicios esenciales como la Cooperativa 16 de Octubre (Coop16).
En sus fallos, el juez sostuvo que la medida no vulnera la autonomía municipal. Explicó que los municipios podrán seguir cobrando tasas, pero deberán hacerlo mediante otros mecanismos, sin afectar la claridad de la facturación que reciben los consumidores.
MIRÁ TAMBIÉN: Se levantó por el humo y vio su casa en llamas en Esquel
Otranto fundamentó su decisión en la Ley de Defensa del Consumidor, que garantiza el derecho a recibir información transparente sobre los bienes y servicios contratados.
La sentencia otorgó un plazo de 90 días para que Esquel y Trevelin adapten su sistema de recaudación, un tema que genera preocupación en instituciones como los Bomberos Voluntarios, que reciben financiamiento a través de las tasas.
Durante este período de transición, las boletas seguirán emitiéndose como hasta ahora, pero los municipios deberán encontrar alternativas para sostener sus ingresos sin afectar a los usuarios.