En Puerto Madryn, un joven de 24 años podría ir preso luego de publicar en un sitio web videos que había filmado junto a quien por entonces era su pareja. Ante esta situación, la Fiscalía de la localidad portuaria formuló cargos y el joven quedó procesado por la difusión no consentida de material íntimo.
Al respecto, la fiscal María Angélica Cárcano indicó: «Lo característico de este tipo de casos es que si bien pudo existir acuerdo entre las partes involucradas a la hora de tomar las fotografías o grabar los videos en la intimidad, no resultó así al momento de compartir dicho material en Internet». Asimismo, la trabajadora judicial explicó que «el eje está en la publicación del material sin el consentimiento de las partes involucradas. Es por eso que al no haber mutuo acuerdo por parte de los involucrados en la publicación, las víctimas pueden tomar acciones legales contra los responsables por violación de sus derechos».
Según precisó la fiscal, la causa es por «la publicación en redes sociales o sitios web de fotografías o videos privados tomados en la intimidad sin el consentimiento de la pareja, aun habiendo existido acuerdo entre las partes involucradas para la creación de esas imágenes o videos». En este marco, Cárcano formuló los cargos para procesar al joven que ahora enfrenta una pena de hasta un año de prisión.
Además, la funcionaria que lleva adelante la investigación sostuvo que «se trata de una práctica que constituye una grave afectación del derecho a la privacidad de las personas». Al mismo tiempo, la procuradora explicó que «la legislación argentina, en la actualidad, cubre este tipo de hechos ilícitos pero en la esfera civil, no así la penal, donde si bien hay un proyecto para incorporar esta práctica al Código Penal la misma todavía no fue reglamentada», y agregó que «la figura penal para este tipo de prácticas no se encuentra especificada, por lo que es canalizada por la vía de otros delitos, en este caso, por el de violación de correspondencia privada».
Para este tipo de delitos, la pena prevista es de prisión de un mes a un año cuando el autor comunicare a otro o publicare el contenido de la carta, escrito, despacho o comunicación electrónica.
Por último, Carcano destacó: «Es importante tomar conciencia de que cada vez que se visualiza y difunde este tipo de contenido sin consentimiento se está perpetuando este tipo de prácticas, que vulneran el derecho a la privacidad de las personas. Por ello, es fundamental no compartir fotos o videos íntimos ajenos y denunciar estos hechos ante la Justicia».
Fuente: Ministerio Público Fiscal Chubut.