Tras una convivencia de 12 años en El Doradillo, la jueza de Familia dictaminó que el hombre debe compensar económicamente a su expareja por la ocupación exclusiva del inmueble.
La Dra. María Fernanda Palma, jueza de Familia de Puerto Madryn, dictó una sentencia definitiva que sienta un precedente relevante en la resolución de conflictos tras la ruptura de uniones convivenciales. El fallo establece que un hombre deberá abonar una renta compensatoria a su exesposa por haber residido de manera excluyente en la propiedad que ambos comparten en el Parque Ecológico El Doradillo.
La disputa judicial se originó luego de que la pareja interrumpiera su convivencia en el año 2022. Según consta en el expediente, la mujer se vio obligada a abandonar el hogar familiar en un contexto de violencia, mientras que el demandado permaneció en la vivienda sin abonar ningún tipo de canon, a pesar de que la titularidad del bien pertenece a ambos por partes iguales.
En su resolución, la magistrada explicó que el uso exclusivo de un inmueble común por parte de uno de los convivientes genera, de manera automática, el derecho del otro a ser compensado. Esta medida busca evitar un «enriquecimiento sin causa», protegiendo el patrimonio de quien se ve privado de utilizar su propiedad tras la separación.
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La sentencia condena al hombre al pago retroactivo de una suma mensual equivalente al 50% del valor de un alquiler de mercado. El período de la deuda se extiende desde mayo de 2024, momento en que se formalizó el reclamo legal, hasta septiembre de 2025, fecha en la que el demandado finalmente dejó la vivienda.
Específicamente, el fallo estipula que el hombre deberá abonar la suma de $242.500 por cada mes transcurrido en dicho lapso. Además de esta renta, la jueza ordenó el reintegro de la mitad de los gastos por impuestos municipales que la mujer continuó pagando durante este tiempo para evitar el deterioro legal del inmueble.
«Desde el momento en que uno de los dueños manifiesta formalmente su oposición al uso exclusivo del otro, nace el derecho a cobrar una renta», sostuvo la Dra. Palma en los fundamentos del fallo.
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Un aspecto particular del caso fue la resolución respecto a las mascotas de la familia. Durante el tiempo que el hombre residió solo en la casa, quedó al cuidado de dos perros y dos gatos, mientras que la mujer se hizo cargo de los costos de alimentación, manteniendo un vínculo con los animales a pesar de la distancia.
Sin embargo, para el inicio de este 2026, las partes lograron un acuerdo conciliatorio para la tenencia. Se decidió que cada uno quedará al cuidado de un perro y un gato, priorizando una salida pacífica a los conflictos afectivos y patrimoniales derivados de la relación de más de una década.
En cuanto al futuro del inmueble en El Doradillo, el fallo homologó el compromiso de ambos de tasar la propiedad y ponerla a la venta a través de una inmobiliaria local.
Con información de JUSNOTICIAS.


