martes 6 mayo 2025

Promulgaron las modificaciones del Impuesto a las Ganancias

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Actualizado: 11:53 06/05 | downtack.com

El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.725, aprobada por el Congreso el pasado 28 de septiembre. Esta nueva legislación trae importantes cambios en el Impuesto a las Ganancias.

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Una de las modificaciones más destacadas es el aumento del Mínimo No Imponible a casi dos millones de pesos, lo que equivale a quince salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM). Esta medida, que entrará en vigor a partir del año 2024, busca aliviar la carga fiscal de los contribuyentes, permitiendo que un mayor número de personas queden exentas del pago de este impuesto.

La nueva legislación introduce el concepto de «impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros». Bajo este sistema, los contribuyentes que obtengan ingresos más elevados tendrán la posibilidad de deducir únicamente una cantidad equivalente a 180 salarios mínimos como mínimo no imponible.

Las alícuotas de este impuesto cedular variarán según los ingresos. Para aquellos que perciban ingresos superiores a 15 SMVM , las alícuotas oscilarán entre el 27% y el 35% . A partir de los 12 SMVM mensuales, se aplicará un 27% sobre el excedente.

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Para ingresos que se encuentren en el rango de más de 12 y 36 salarios mínimos, la tasa será de 3,2 SMVM más un 29% sobre el excedente. Entre más de 36 y 60 salarios mínimos, la tasa será de 10,20 SMVM más un 31% sobre el excedente. Para los ingresos de más de 60 y 84 salarios mínimos, la tasa será de 17,64 SMVM más un 33% sobre el excedente. Y para ingresos de más de 84 salarios mínimos, la tasa será de 25,56 SMVM más un 35% sobre el excedente.

Es importante tener en cuenta que al inicio de cada período fiscal se tomará en cuenta el valor del salario mínimo vigente al 1 de enero, y la actualización se realizará el 1 de julio de cada año fiscal.

Además, las retenciones sobre los mayores ingresos netos obtenidos durante el primer semestre del año fiscal se ajustarán teniendo en cuenta el valor del SMVM vigente en julio .

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Un aspecto relevante de la nueva ley es que se contempla un incremento del 22% en el Mínimo No Imponible para los trabajadores en relación de dependencia y jubilados y pensionados que residen en provincias específicas, incluyendo La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego y el partido de Patagones, en Buenos Aires. Esto busca equilibrar las diferencias regionales en el costo de vida y las remuneraciones.

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